Comodoro Rivadavia

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Revocan decisión del juez natural y dictan la preventiva a coimputado García

Audiencia de incidentes por robo ante dos jueces

El pasado 19 de septiembre se llevó a cabo en sede de los tribunales del barrio Roca la audiencia de incidentes por un hecho contra la propiedad que tiene como imputado a Juan Carlos García. La funcionaria de fiscalía solicitó se revoque la decisión del juez natural de la causa y se dicte la prisión preventiva al imputado por el término de tres meses.

Los jueces Miguel Caviglia y Mariel Suarez presidieron la audiencia de incidentes, por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Andrea Serer, funcionaria de fiscalía, en tanto que la defensa del imputado García fue ejercida por Ricardo Amado, adjunto de la Defensa Pública.

La funcionaria de se refirió a la medida de coerción que pesa sobre García que se trató el pasado 13 de septiembre, resta resolver la situación del imputado que aquel día estaban ausente. El tribunal entendió que la resolución del juez natural era arbitraria y contradictoria en relación al coimputado en la causa Castro Flores. La resolución que denegaba la prisión preventiva de García resultaba contradictoria. El Ministerio Público Fiscal coincide con estas circunstancias. El juez consideró que había elementos suficientes para formalizar el hecho, pero exigía una certeza que no es necesaria en ese momento procesal. Por ello la fiscalía solicitó la revisión de la decisión y solicitó al tribunal compuesto por dos jueces la prisión preventiva de García. Existen elementos de convicción suficientes para sostener razonablemente la coautoría de García en el hecho. García y Castro Flores entran al hogar de la víctima, ubicado en la parte de la playa, detrás de la Prooveduría de la ruta 3, se alzan con varios elementos y hieren a uno de los habitantes con un arma blanca en el pie izquierdo y lo atan. Personal policial se dirige al lugar del hecho y encuentran a García saliendo, quién junto con Castro son detenidos en el lugar. Secuestrándose un arma blanca y elementos mal habidos. También la funcionaria se refirió a la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Recordando que el delito se calificó provisoriamente como “robo doblemente agravado en poblado y en banda y por la utilización de un arma blanca”, que prevé una pena mínima de 5 años de prisión. Por todo lo cual la funcionaria solicitó se dicte la prisión preventiva de García por el término de 3 meses, en los mimos términos que se le dictó a Castro Flores coautor del hecho, y que se revoque la decisión del juez Cosmaro de liberarlo.

En contraposición la defensa entendió que no existe peligro de fuga, ni de entorpecimiento. Solicitando se realice la rueda de reconocimiento de personas y se ordene su traslado a un lugar de atención médica para tratar sus quemaduras.

Finalmente los jueces revisores resolvieron declarar legal la detención, considerando que la decisión del juez Cosmaro fue arbitraria, ilógica y no fundada en relación al dictado de la prisión preventiva de García. La fiscalía trajo a la audiencia elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho. También los jueces consideraron la existencia del peligro de fuga por el mínimo dela pena establecido para el delito investigado 5 años de prisión, de cumplimiento efectivo. Revocando parcialmente la decisión del juez natural y dictando la prisión preventiva de García por el plazo de tres meses.

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