Esquel

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Histórico: Primer tribunal integrado con jueces técnicos y ciudadanos sin formación en derecho

Por primera vez en la provincia de Chubut se realiza un juicio con un tribunal integrados por tres jueces técnicos y dos ciudadanos sin formación en derecho. Hay cuatro ciudadanos en el tribunal, quienes se ubican en los extremos, son suplentes y solo intervendrán en caso de que fuera necesario reemplazar a alguno de los titulares.

Lunes 18 de diciembre de 2023, 9:31 hs., salón de la Asociación de Magistrados y Funcionarios en Esquel. Todos los presentes en la sala se pusieron de pie al abrirse la puerta por la que ingresó el primer tribunal mixto de la provincia. Se dispusieron intercalados los vocales legos en derecho (ciudadanos sin formación en abogacía) con los jueces técnicos. En los extremos se sentaron los dos suplentes.

El presidente del tribunal, Martín O’Connor expuso a los presentes que el tribunal en pleno resolvió que por tratarse de un Tribunal Mixto, que los vocales legos fundarán su decisión y firmarán la sentencia, su identidad será pública, a diferencia de los jurados populares.

Cuál es el caso de la Fiscalía

El 15 de febrero de 2021, a las 00:30 aproximadamente, cinco policías habrían ingresado al domicilio del denunciante, sin una orden de allanamiento que así lo avale, ni dándose los requisitos de flagrancia o cuasi flagrancia que exige el código penal y procesal penal. La acusación sostiene que luego de haber ingresado de manera abusiva y arbitraria, rompiendo la puerta de entrada, arremetieron contra el dueño de casa, quién recibió al menos dos disparos en sus piernas con una escopeta anti tumulto, a corta distancia, lesionándolo. Asimismo, segundos después otro de los uniformados le habría efectuado tres disparos con su arma reglamentaria y un tercero le efectuó otro disparo con una escopeta ambas en diferentes partes del cuerpo: hombro, piernas y abdomen, a escasos metros.

Bottini plantea que de este modo los policías imputados incumplieron con la normativa aplicable y con los deberes a su cargo (art. 122 de la Constitución Provincial, art. 1 de la Ley XIX nro. 5 del Digesto Jurídico Provincial y Protocolo de Actuación de las Unidades Antidisturbios de la Policía del Chubut), además de incumplir con las precauciones que deben tenerse al utilizar proyectiles anti tumulto, en particular la dirección del disparo y la distancia aconsejada. Producto de los disparos recibidos el denunciante sufrió lesiones que se ubicaron en ambos hombros, tórax posterior, miembros inferiores y abdomen. Los proyectiles que impactaron en sus miembros inferiores le produjeron una fractura de fémur que requirió al menos dos cirugías para ser estabilizada, colocarle material protésico y de donde se extrajeron 04 perdigones de goma de tobillo. También una fractura de rodilla que limita su flexo extensión y a nivel de sus hombros se extrae 05 del derecho y 01 del izquierdo (perdigones). A nivel Abdominal ingreso con una lesión HAF en flanco izquierdo con evisceración, la cual debe someterse a laparotomía exploradora en 03 oportunidades, pudiéndose rescatar esquirla metálica de 2 por 6mm y comprobándose una lesión en el intestino delgado (yeyuno distal). A raíz de esta última lesión (necrosis intestinal y peritonitis) el día 20/02/21, el paciente debió internarse en la UTI (Unidad de terapia intensiva), donde permaneció con ARM (Asistencia respiratoria mecánica) ya que su vida estuvo muy comprometida.

Tribunal escabinado

El tribunal mixto previsto en el Artículo 173, C.Ch. se integra con tres jueces permanentes y dos vocales legos quienes tendrán las mismas obligaciones y facultades que los jueces profesionales. Participan dos vocales legos suplentes.  El tribunal fundará la sentencia en conjunto y los jueces profesionales colaborarán en la fundamentación de los votos de los vocales legos sin alterar sus razones y decisión.

El Artículo 335 del Código Procesal Penal de Chubut, establece que una vez prestado el compromiso solemne a que se refiere el Artículo 320, II párrafo, los vocales legos se integrarán al tribunal permanente y, desde allí en adelante, hasta la sentencia, tendrán todas las obligaciones y atribuciones que las reglas anteriores fijan para los jueces del tribunal. El debate será siempre presidido por un juez perteneciente a la organización judicial de manera permanente.  

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