Puerto Madryn

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ALEGATOS EN EL JUICIO POR EL HOMICIDIO DE DANIEL PUEBLA

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La Fiscalía acusó a Marcos Hueche por el homicidio de Daniel Puebla y la Defensa afirmó que fue en legítima defensa, solicitando la absolución del imputado. Los jueces leerán su resolución el martes a las 12 horas.

El lunes se realizaron los alegatos en el juicio oral y público por el homicidio de Daniel Puebla, donde la fiscal Marcela Pérez relató los hechos investigados y sindicó a Marcos Hueche como el autor del homicidio. La Fiscal valoró, en cuanto a la intención homicida, la localización y la pluralidad de las heridas de arma blanca y la propia frase del imputado, “me enceguecí y lo apuñalé”. También afirmó que la autoría estaba materializada no solo porque el propio imputado se reconoce como autor sino también por los dichos de los testigos e incluso la mamá de la victima, quien cuenta que en el Hospital su hijo alcanza a decirle quien fue. “Por todo lo expuesto, entiendo que debe declararse responsable y dictarse veredicto condenatorio en orden al delito de homicidio simple” indicó.

En cambio, el Defensor Público Carlos Bellorini brindó otra versión de los hechos relatados por la Fiscalía y expresó que su defendido actuó bajo el amparo de la legítima defensa y que por lo tanto debe ser absuelto. Además indicó que, en caso que los jueces desestimen la absolución solicitada, se debía dar la calificación de “exceso intensivo en el ejercicio de la legítima defensa”. Al respecto, el imputado Marcos Hueche también declaró antes los jueces y dijo que el homicidio fue en defensa propia. La Fiscal Marcela Pérez replicó que la Defensa Pública nada ha dicho sobre el hecho en sí y la supuesta legítima defensa; “era una pelea “mano a mano”, con piñas y patadas, pero Marcos Hueche utilizó un arma blanca en su ataque”. Además, la Fiscal agregó que la versión del imputado es claramente inverosímil pues no se corrobora con ninguno de los elementos de prueba colectados. Por su parte, la madre del joven asesinado dijo que “lo único es lo que quiero, en la memoria de mi hijo y en mi necesidad, que realmente se haga justicia. Para que todo esto no sea en vano y para que mi hijo pueda descansar en paz”.

Cabe recordar que el hecho llevado a juicio ocurrió la madrugada del 17 de agosto de 2009 en las inmediaciones de la Terminal de Ómnibus, aproximadamente a las 6.15 horas y a la salida de un local bailable, cuando tras una discusión y una pelea entre dos grupos de jóvenes resultó apuñalado el joven Daniel Puebla. Según la investigación de la Fiscalía y los relatos de los testigos, en un momento de la pelea Daniel Puebla fue agredido con un arma blanca por Marcos Hueche en la zona del abdomen, provocándole heridas de tal gravedad que el joven tuvo que ser hospitalizado y falleció al día siguiente. Para la Fiscalía el imputado es autor del delito de homicidio, mientras que la Defensa Pública y el imputado sugieren que su accionar estaría justificado por la legítima defensa. De esta forma y tras finalizar los alegatos de las partes, los jueces Horacio Yangüela, Flavia Trincheri y Hernán Granda darán a conocer su veredicto el día martes a las 12 horas en los Tribunales locales.

HOMICIDIO, LEGITIMA DEFENSA  O EXCESO EN LA LEGITIMA DEFENSA

De acuerdo a los argumentos y las pruebas planteados durante los alegatos, los jueces deberán resolver en cuanto a la culpabilidad del imputado y de esta forma, en caso de ser encontrado culpable de “homicidio”, al imputado le correspondería una pena de entre 8 y 25 años. Pero si los jueces consideran que fue “homicidio en exceso de legítima defensa”, las partes podrían solicitar una pena de entre 6 meses y 5 años, y en cambio, si consideran que el homicidio fue en “legítima defensa”, el imputado sería absuelto y recuperaría su libertad.

Esto se debe a que el “homicidio simple” está previsto y reprimido en el artículo 79 del Código Penal con una pena de prisión de 8 a 25 años. Pero el homicidio en exceso de legítima defensa se tipifica en el articulo 35, indicando que quien hubiera excedido los limites impuestos por la ley, por la autoridad o por la necesidad, será castigado con la pena fijada para el delito de culpa o imprudencia. En el caso de homicidio, dicha pena es entre 6 meses y 5 años de prisión. Con respecto a la legítima defensa el artículo 34 del Código Penal, en su inciso 6, indica que no será punible el que obrare en defensa propia siempre que la agresión sea ilegitima, el medio empleado para impedir o repeler la agresión sea racional y que no exista provocación suficiente parte del que se defiende. Aunque la jurisprudencia también indica que comete el delito de homicidio y no puede alegar legítima defensa quien, siendo atacado por una persona a golpes de puño infiere una herida mortal, por ejemplo con un arma, porque su reacción es excesiva y desproporcionada a la ofensa o peligro real creado por su atacante.

[gallery link="file" columns="9"] ACLARACION: Debido a corte de luz que se produjo en la ciudad durante la mañana del jueves, los alegatos se reprogramaron para el día lunes. INFO E IMAGENES RELACIONADAS "FINALIZÓ LA ETAPA INICIAL DEL JUICIO Y MAÑANA SE REALIZARÁN LOS ALEGATOS" http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=6569 “SEGUNDA JORNADA DEL JUICIO POR EL HOMICIDIO DE DANIEL PUEBLA“ http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=6552 “COMENZÓ EL JUICIO POR EL HOMICIDIO DE DANIEL PUEBLA”   http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=6536

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