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HOMICIDIO EN EL BARRIO VEPAM: LA CAUSA DE MUERTE FUE POR ASFIXIA

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Habrían participado al menos dos personas

La causa de muerte de Sabina Rojas fue por asfixia. Además la mujer presentaba fuertes golpes en la cabeza y en su cuerpo. Habrían participado al menos dos personas en el robo y homicidio de la mujer. La Fiscalía calificó el hecho como homicidio criminis causae, que prevé la cadena perpetua para el autor del hecho.

La autopsia fue realizada el día miércoles a la tarde, finalizando alrededor de las 15 horas. Si bien todavía los médicos forenses no entregaron el informe por escrito a los Fiscales, extraoficialmente le confirmaron que la causa de muerte fue por asfixia y la misma se podría haber realizado con una almohada. Los profesionales también le confiaron a los Fiscales que podrían haber participado al menos dos personas en el robo y homicidio de la mujer. Por su parte, de los elementos hallados y de la autopsia realizada se determinó que la victima se defendió de sus agresores, lo que permitiría obtener material genético de los delincuentes. “Estos rastros permitirán enviar muestras para la determinación de perfiles genéticos” indicó la Fiscal General de la Agencia de Investigaciones y Delitos Complejos, Mabel Covi.

Durante toda el día de ayer, personal de la División Policía Científica y Criminalística recabaron elementos en la escena del crimen. De esta forma, conjuntamente con la Brigada de Investigaciones, la Comisaría Segunda y la Fiscalía trabajaron permanentemente en la inspección ocular y búsqueda de elementos que permitirían identificar a los autores del hecho, que se realizaron hasta la tarde del miércoles. Por su parte la Fiscal Covi, quien lleva adelante la investigación del caso, indicó que el móvil fue realizar un robo y por el momento la calificación del hecho es homicidio criminis causae, delito reprimido en el Código Penal con la prisión perpetua.

HOMICIDIO CRIMINIS CAUSAE

Desde la Fiscalía se informó que el homicidio criminis causae  se comete cuando el imputado mata para preparar, facilitar, consumar u ocultar un delito o para asegurar sus resultados. Textualmente, el articulo 80 del Código Penal en su inciso 7 indica que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua al que matare para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito”.

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