Puerto Madryn

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ROBO A UNA DESPENSA

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Uno de los posibles autores gozaba salidas transitorias en una condena por robos. El jueves se realizarán las audiencias

El hecho ocurrió en la tarde del lunes, cuando dos sujetos ingresaron a robar en una despensa del Barrio Roque González y tras amenazar a la propietaria del local con un cuchillo, se llevaron dinero y otros elementos. Horas más tarde se detuvieron a dos personas sospechadas de participar en el hecho y se comprobó que uno de ellos gozaba de salidas transitorias por una condena por robos, de la cual estaba detenido en la Comisaría Segunda de la ciudad. Por el proceso en cuestión, esta condenado a 5 años de prisión por robos y había superado más de 2 años y 6 meses de detención, por lo cual el 18 de septiembre del 2009 el Juez Néstor Lorenzetti resolvió otorgarle salidas transitorias de lunes a viernes para trabajar, debiendo regresar a la comisaría a las 17.30 horas; así como también el día domingo de 10 a 18 horas para visitar a su familia.

LAS SALIDAS TRANSITORIAS

Al respecto de las salidas transitorias para los condenados por delitos, la ley indica que la condena, cualquiera fuere la pena impuesta, se caracterizará por su progresividad y constará de un período de observación, un período de tratamiento, un período de prueba y un período de libertad condicional. Dentro del periodo de prueba es que se realizan las salidas transitorias del condenado y las mismas se pueden efectuar cuando restan seis meses para cumplir los 2/3 (dos tercios) de la condena, momento en el cual se logra la libertad condicional. De esta forma, con las salidas transitorias se busca lograr en la persona una preparación previa para ante la inminencia del egreso por libertad condicional. Con respecto a las salidas transitorias, las mismas pueden ser de salidas para trabajar, cursar estudios, afianzar y mejorar los lazos familiares y sociales, etc., y de acuerdo al nivel de confianza, la persona puede ser acompañado por un empleado que en ningún caso irá uniformado, por un familiar o bajo palabra de honor. Aunque siempre corresponderá al juez competente disponer las salidas transitorias y el régimen de semilibertad, precisando las normas que el condenado debe observar y efectuar modificaciones, cuando procediere. En caso de incumplimiento de las normas, el juez suspenderá o revocará el beneficio cuando la infracción fuere grave o reiterada.

Por su parte, las audiencias se realizarán el día jueves en los Tribunales locales y se realizarán dos audiencias para el imputado en el delito que gozaba salidas transitorias, una a las 9 horas donde la Fiscalía solicitará que le revoquen las salidas transitorias y la segunda audiencia a las 9.30 horas donde será imputado, conjuntamente con su posible cómplice, por el delito de robo agravado. 

ANEXO:

Sobre Salidas Transitorias, LINK A LEY 24660 sobre la privación de la libertad (promulgada en el año 1996) artículos 16 a 22

http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/35000-39999/37872/texact.htm

El robo agravado es un delito previsto y reprimido en  el articulo 166 inciso 2° del Código Penal. Dicho articulo indica que se aplicará reclusión o prisión de cinco a quince años si el robo se cometiere con armas, o en despoblado y en banda.

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