No tenía sentencia firme, estaba libre y ahora le dictan la prisión preventiva a un hombre condenado por abuso sexual
Los jueces que condenaron a ocho años de prisión a un hombre de Rawson por el delito de abuso sexual agravado, dictaron la prisión preventiva solicitada por la Fiscalía de Rawson representada en la audiencia por el fiscal general Fernando Rivarola. La decisión fue en por mayoría, dos votos y uno en contra. La Cámara Penal de Trelew había confirmado esa sentencia al rechazar la impugnación ordinaria de su defensor.
En una audiencia realizada el miércoles pasado por pedido expreso del Ministerio Público Fiscal, el tribunal de juicio integrado por César Zaratiegui, Mirta Moreno y Sergio Piñeda, dictaron la prisión preventiva de un hombre que había sido condenado a la pena de 8 años de prisión por haber sido hallado culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haberse aprovechado de la situación de convivencia con la víctima. La sentencia fue dictada el 6 de mayo de este año.
El pedido de la Fiscalía para que se dicte su prisión preventiva, se realizó luego que la Cámara Penal de Trelew integrada por Alejandro De Franco, Adrián Barrios y Carina Estefanía rechazara una impugnación a esa sentencia que había realizado su defensor. La sentencia se produjo el 24 de septiembre pasado. De esta manera el fallo de los jueces originales del juicio, fue confirmado en todos sus términos, dándose cumplimiento a la garantía del “doble conforme” constitucional.
El encarcelamiento preventivo dispuesto por ese tribunal estuvo fundamentado en la confirmación de la sentencia por parte de la Cámara Penal (doble conforme), la gravedad del delito cometido, la pena impuesta de 8 años y el peligro de fuga que se potencia en la situación actual, hasta tanto quede firme la sentencia.
El Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta que la confirmación de la Cámara, “causa el mayor impacto emocional y la mayor frustración del acusado en la pretensión de quedar desvinculada del caso, restándole solamente los recursos extraordinarios que tienen una marco de discusión más acotado”. Mientras tanto se impuso en su contra la prisión preventiva “para que la realización de la ley penal no se vea frustrada luego del juicio, por la eventual fuga de quien ha sido declarado culpable, aun cuando la sentencia todavía no está firme, teniendo en cuenta además, que durante el proceso nunca sufrió medidas de detención personal”.
Finalmente se destacó que “de este modo también se brinda respuesta concreta a las víctimas en relación al derecho que tienen de vivir una vida libre de violencia”.
-Producido por el Area Comunicaciòn Institucional del Ministerio Pùblico Fiscal del Chubut, Oficina Rawson.