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Rawson

Por multiplicidad de hechos de violencia de género continuará en prisión preventiva por treinta días más

La jueza de garantías Maria Tolomei, resolvió que Ernesto Raffa continúe con la medida de prisión preventiva por el plazo de treinta días más. 

La fiscalía de Rawson, representada en este caso,  por la fiscal general Maria Florencia Gómez  solicito que continúe con la medida de coerción que venía cumpliendo por el plazo de un mes. Su pedido lo fundó en el peligro de fuga ante la falta de sometimiento al proceso penal, contexto global de la situación de violencia y  lo que se evalúa en relación ante los incumplimientos de las medidas de protección dispuestas hacia la víctima.

Asimismo manifestó que los hechos de violencia deben ser analizados en forma global para las medidas de protección. Además de la necesidad de acumular las distintas causas con las que cuenta el imputado para cumplir con las mandas de los Pactos Internacionales y los Protocolos de Violencia contra la mujer. La fiscal señaló que la medida deviene además de proporcional, necesaria y razonable y se  requiere por el plazo de 30 días a los efectos de poder realizar todas las audiencias pendientes y solicitadas.

La audiencia se realizó a través del sistema de video conferencia Webex Cisco, en la misma estuvieron presente el imputado Ernesto Raffa asistido por la Defensora Dra. Janet Davies de la Defensoría General. La juez Maria Tolomei y la fiscal general Florencia Gomez.

La fiscal Florencia Gómez reveló que Raffa ha demostrado mediante los sucesivos incumplimientos a las órdenes de judiciales dictadas por el Juzgado de Familia, una falta absoluta de sometimiento al proceso siendo las medidas cautelares en protección a las víctimas insuficientes.

Además amplió que Raffa posee en etapa preliminar dos casos de violencia de género contra su ex pareja B.D.E., ambas con acusación presentada.

En fecha 4 de octubre de 2019  se le imputó los delitos de Amenazas simple en concurso ideal con desobediencia– dicha audiencia no pudo llevarse a cabo atento a la desaprensión de Raffa hacia el proceso demostrado en la misma audiencia.

Por otra parte, registró dos nuevos casos, uno de fecha 19 de abril de este año, el cual se  encuentra con Acusación Presentada y fue solicitada la Habilitación de feria a los efectos de poder realizar la audiencia Preliminar donde se le imputó el Delito de Daño en concurso real con resistencia a la autoridad en carácter de autor. También con fecha 08/06/20 se solicito habilitación de feria y se fije audiencia de Apertura por el hecho de fecha 20 de abril donde se le imputó el delito de Lesiones Leves doblemente agravadas por haber sido perpetradas contra una mujer con la que ha mantenido una relación de pareja y mediando violencia de genero.

Ante la cronicidad de los hostigamientos y las amenazas, sumado a hechos de violencia, la magistrada Dra. Mendy dicto en fecha 21 de abril de 2020 la prohibición de acercamiento por el plazo de 365 días como medida de protección hacia la víctima.

El día 07 de mayo, a pesar de la orden de restricción dispuesta el 21 de abril por el Juzgado de Familia de Rawson, y ante las reiteradas desobediencias a todas las medias de protección dispuestas hacia la víctima, la propia víctima se presentó ante el juzgado denunciando que Raffa la continuaba hostigando y amenazando, solicitando ante el magistrado del Juzgado de familia como medida de protección que se le coloque la tobillera electrónica, razón por la cual por orden de la Juez Dra. Mardones el día 08 de mayo se colocó la tobillera a Ernesto Raffa ante la falta de sometimiento a la orden judicial de prohibición de acercamiento.

La ruptura de la tobillera  electrónica generó un allanamiento, la detención y la imputación del daño Agravado en concurso con Desobediencia a la Autoridad por la cual ya tiene presentada la acusación a la espera de que se fije fecha para la Audiencia Preliminar. 

Fundamentos de medidas de coerción

Desde la fiscalía de Rawson se fundamentó el mantenimiento de la medida primordialmente en el análisis de los hechos en los que se encuentra involucrado Ernesto Raffa, y que tienen como víctima a su ex pareja, ello enmarcado en el contexto de violencia de género, como así también a sus propios hijos menores de edad.

El análisis de los distintos hechos que se le han imputado a Raffa en las distintas carpetas en trámite y los que aún falta imputar, son de imposible fragmentación, máxime cuando se dan conductas reiteradas de hostigamientos crónicos, lesiones, daños y reiteradas desobediencias a las mandas judiciales que en pro de proteger a la mujer y a su derecho de mantener una vida libre de violencia se disponen, como en este caso, sendas prohibiciones de acercamiento y hasta un dispositivo electrónico para poder resguardar la integridad física de la víctima y de sus hijos menores de edad.

Que del análisis del conjunto de los diferentes hechos que se han dado de forma sucesiva, en un espacio temporal acotado, con una perspectiva de género.

Evaluación de riesgo

El SAVD de Rawson realizó la Evaluación de riesgo,  en la cual concluye que la B.D.E. y sus hijos menores se encuentran en una situación de desvalimiento y desprotección respecto del Sr. Raffa, encontrándose el grupo familiar en una situación de alta vulnerabilidad, en razón de que los episodios de violencia pueden reiterarse indefinidamente.

Ello sumado al comportamiento que ha tenido el imputado a lo largo del proceso penal, por lo que se encuentra sumamente fundado en el peligro de fuga en el inciso 4° del Art. 221 CPP por cuanto el comportamiento durante los procesos que lo han tenido como protagonista, denotan una voluntad esquiva de las mandas judiciales que se le impartieran, desobedeciendo las ordenes restrictivas que los magistrados le impusieran.  

La Fiscalía advirtió que hay una presunción razonable de que el imputado no habrá de someterse a la acción de la justicia presunción basada en una conducta persistente en contra de la víctima, la escala de violencia y los constantes incumplimientos a las mandas judiciales, y en este punto la Fiscalía sigue las recomendaciones que en materia de instrumentos internaciones ha adherido nuestro país a las Convenciones Internacionales de Violencia de Genero como lo son Belem do Para y Cedaw. Además, se tiene en cuenta una reciente instrucción general del procurador general que lleva el nro.047/20 Violencia de Genero en el ámbito de la pandemia que nos involucra. 

Producido por el Área de Comunicación Institucional de la P. G. sede Rawson

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