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Violencia de género deberá cumplir treinta días de prisión preventiva

Tras numerosos incumplimientos de prohibición de acercamiento el imputado Miguel Alejandro Quiñelaf deberá cumplir treinta días de prisión preventiva en el marco de una audiencia de control de detención que se realizó por el sistema de video conferencia.

El juez Nieto Di Biase resolvió otorgar la prisión preventiva a Miguel Alejandro Quiñelaf por el plazo de treinta días por considerar que existe peligro de entorpecer el proceso judicial. Además dispuso la apertura de investigación por el plazo de seis meses. El Ministerio Público Fiscal, en este hecho de violencia de género estuvo representado por el Fiscal jefe de Rawson, Fernando Rivarola, quien fundamento el pedido de prisión preventiva por el plazo de treinta días, aportando antecedentes y hechos que dan cuenta que el imputado violó en varias oportunidades la prohibición de acercamiento. Ademas el fiscal jefe en consonancia con pautas establecidas por el Procurador General, Jorge Miquelarena, indicó que se aplicará el protocolo de violencia contra la mujer aprobado días atrás.

Por su parte el defensor Damián D’Antonio, indicó que los primeros hechos se deberian ofrecer como prueba ya que fueron anteriores a la resolución del Juzgado de Familia, según el defensor ya fueron analizados y propuesto  y tenga tratamineto en el Juzgado de Familia.

Varios hechos y antecedentes

Por varios hechos ocurridos en los últimos meses, tras  habérsele dictado en varias ocasiones una prohibición de acercamiento a Quiñelaf respecto a su expareja y la madre de la misma, no solo las incumplió sino que además incurrió en violación de domicilio, amenazas e incluso daños sobre un algunos vienes.

Quiñelaf  fue detenido durante la madrugada del dia lunes pasado, conforme las medidas impuestas oportunamnte por el Juzgado de Familia Nº 3 de Rawson en cuanto a la prohibición de acercarse o mantener contacto, ya sea físico como telefónico o virtual con M.S.M, su expareja o con su madre.

Rivarola en la audiencia enumero los distintos actos de incumplimineto entre enero de este año y la actualidad, los cuales motivaron diferentes medidas de protección hacia MSM, entre las que se incluían consignas policiales, rondines e incluso la colocación de una tobillera electrónica al imputado, con el fin de que el mismo “cese en sus actos de perturbación o intimidación” a su expareja.

Entre los antecedentes mas destacados, se puede mencionar varias aprhenciones por la fuerza en el domicilio que compartian con la víctima, su madre y los hijos de la pareja, como así también amenazas, tanto personales como a través de audios telefónicos, además de la rotura de los vidrios del automóvil de la mujer.

Por otra parte, la presencia de Quiñelaf en el domicilio de la víctima, ha sido en violación de las normas vigentes tanto a nivel Nacional como Provincial (DECNU), que imponen el aislamiento social preventivo y obligatorio para todas las personas que se hallan en nuestro territorio, en virtud de la pandemia del virus.

Calificación legal provisoria

Por todos los antecedentes y hechos referidos el fiscal Fernando Rivarola encuadró la calificó legal en “violación de domicilio en concurso ideal con desobediencia, amenazas en concurso real con violación de domicilio en concurso ideal con desobediencia, desobediencia en concurso real con amenazas, desobediencia en concurso real  con daño, desobediencia en concurso real con Violación de Domicilio y daño, violación art. 205.

Producido por el Área de Comunicación Institucional de la Procuracion General sede rawson.

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