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Alegatos finales en el juicio por homicidio culposo por accidente de tránsito

Finalizó la etapa de debate en el juicio por homicidio culposo en accidente de tránsito.  

El juez Jorge Novarino dio  por concluida la etapa de debate, producción de la prueba y alegatos en el marco del  juicio oral y público contra Luis Alberto Saldivia (34) (acusado como presunto autor del delito de homicidio culposo). La fiscal Laura Castagno, solicitó al tribunal que declare al acusado autor penalmente responsable de los delitos endilgados. En tanto, el defensor público, Gustavo Oyarzun, peticionó la declaración de nulidad de la pieza de acusación pública y en consecuencia la absolución de su asistido. Finalmente, el magistrado anunció que el próximo miércoles 9 de diciembre a las 12:00, dará a conocer su veredicto.    

Luis Saldivia y Lucas Germán Gallardo (21) -su  situación procesal se encuentra en una instancia de revisión en la Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia- fueron procesados por conducir los automóviles que colisionaron la noche del 30 de diciembre de 2016, en la intersección de las calles España y Alberdi. Como consecuencia de ese choque perdieron sus vidas las hermanas Solange de los Ángeles (18) y Araceli Abigail Hernández (15).

 Alegatos finales

La representante de la parte acusadora consideró acreditada la teoría del caso presentada por la fiscalía. En este marco, repasó los testimonios de los empleados policiales que tomaron intervención en el lugar del hecho.

Luego destacó los puntos de pericia  presentados por los licenciados en ciencias criminalísticas y criminología del Ministerio Público Fiscal ( Cynthia Alfonso, Marcos David Ghiberto y  Crhistian Omar Ansaldo). En este sentido, sostuvo que los profesionales confirmaron que Saldivia circulaba en su vehículo  a una velocidad de 44 a 46 kilómetros por hora, en el momento previo al impacto en la intersección urbana de las calles España y Alberdi.

También mencionó los informes elaborados por los profesionales médicos,  en los que confirman que el imputado tuvo un resultado positivo en el análisis por exceso de alcohol en sangre. En ese estado, el conductor de un automóvil disminuye la posibilidad de respuestas rápidas, la visión y la percepción.

Entre otras evidencias, señaló que ninguno de los conductores había presionado el freno de los vehículos involucrados en el luctuoso accidente. En otro orden, requirió que se remitan los audios de dos testigos a los fines de analizar la posibilidad de que hubieran cometido el delito de falso testimonio.   

Finalmente, peticionó al tribunal que declare a Luis Saldivia autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado por conducción imprudente en dos hechos.

A su turno, Oyarzun manifestó que es indefectible que el tribunal dicte la absolución por el hecho que la fiscalía le enrostra a su asistido.  A ello,  agregó que la pieza de acusación pública es nula y no resiste el mínimo análisis de logicidad.

En sus cuestionamientos el abogado defensor, señaló que en el acto de acusación hay un error garrafal de los acusadores al atribuirle a los dos vehículos involucrados,  el carácter  de embistentes. También indicó  que no fue establecida la velocidad a la que circulaba la camioneta conducida por Saldivia.

En este contexto, sostuvo que del análisis objetivo del caso,  se puede concluir que si Lucas Gallardo,  hubiera respetado la prioridad de paso, este hecho no se hubiera concretado. Asimismo, refirió que el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito, establece que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas,  al que cruza desde su derecha. Esta prioridad es absoluta, y tiene contadas excepciones ( circulación de vehículos de fuerzas de seguridad o ambulancias),  agregó.

Por otra parte, sostuvo que la conclusión de los peritos fue que la causa principal del accidente se debió a que Lucas Gallardo iba demasiado rápido a bordo de su Volkswagen Gold. En consecuencia, la actividad de Saldivia fue irrelevante en términos jurídicos.

Por último la madre de las víctimas, manifestó que pedía justica porque "este calvario lleva cuatro años y nuestra familia está destrozada ". Finalmente, Novarino se retiró a deliberar y anunció que el miércoles 9 de diciembre a las 12:00 dará a conocer su veredicto a las partes.  

EL CASO

El  30 de diciembre del 2016, a las 01:50,  Lucas Gallardo conducía su vehículo Volkswagen Gold, en  compañía de las hermanas Solange y Araceli Hernández. El rodado se desplazaba por calle Alberdi,  llegando a la intersección con la calle España. En la pieza acusatoria, Castagno, sostiene que  el conductor del rodado manejaba de manera imprudente. En este marco, afirma que Gallardo,   circulaba a una velocidad superior a la permitida.

Asimismo,  agrego que el imputado no respetó la prioridad de paso,  que tenía el vehículo que transitaba por la derecha. En consecuencia, se produjo la colisión contra la camioneta que conducía Luis Saldivia.

Para la parte acusadora, Saldivia también obró de manera imprudente, en función de que transitaba  sin respetar los límites de rapidez,  establecidos por las leyes de tránsito. A este agravante, agregó que el imputado tenía un elevado estado de intoxicación alcohólica. Esta situación no le permitió el dominio de su vehículo.

El choque entre los dos rodados, provocó el vuelco del automóvil que conducía Lucas Gallardo, en compañía de las víctimas.   Producto del impacto, Solange de los Ángeles Hernández, fue trasladada al hospital local para su atención. Había sufrido un politraumatismo de cráneo. Falleció el 30 de diciembre a las 03:10.

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