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Río Mayo: El tribunal impuso una pena de tres años y seis meses de cumplimiento efectivo a un condenado por abuso sexual

Rio Mayo: El tribunal de juicio impuso una pena de tres años y seis meses de prisión a un condenado por abuso sexual

El tribunal de juicio integrado por los magistrados Ariel Quiroga, José Luis Ennis y Ricardo Rolón, informaron su resolución penal en el marco de la causa investigada por la fiscal Laura Castagno y la Funcionaria de Fiscalía Lucina Coppini, contra un sujeto de 47 años, condenado como autor penalmente responsable por el delito de abuso sexual simple contra una menor de 13 años agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda. En este contexto, los jueces decidieron que el condenado deberá cumplir una pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. Se debe recordar que las representantes del Ministerio Público Fiscal habían  requerido la pena de cinco años de prisión. En tanto, los abogados particulares del condenado, peticionaron una pena de tres años bajo la modalidad de cumplimiento en suspenso. (Por tratarse un vínculo familiar directo entre el imputado y la víctima, los protocolos de información recomiendan no brindar las identidades completas, a los fines de evitar el proceso de revictimización)     

 

El acto judicial se desarrolló en la sala de audiencias de la oficina judicial. Por la fiscalía asistió la Funcionaria de Fiscalía Luciana Coppini. Por su parte, el abogado particular Martín Castro y el condenado participaron del acto judicial mediante el sistema de video conferencia desde la ciudad de Trelew.

En la oportunidad, el juez Ariel Quiroga desarrolló un resumen respecto de los argumentos que los jueces consideraron para imponer la pena.

En este sentido, explicó que la escala penal por este tipo de delitos comprende un rango que comienza en los tres años y alcanza su máximo en diez.

Luego indicó que coincidieron con el Ministerio Público Fiscal sobre los agravantes vinculados a la condición de mujer y niña de la víctima, que componen una situación especial de vulnerabilidad.

A ello agregó que la forma y el modo en que los abusos se llevaron adelante, también deben ser computada como circunstancia agravante. En esta línea de argumentos, el tribunal, sostuvo que la multiplicidad de hechos probados por la fiscalía también debe gravitar en perjuicio del condenado. Como circunstancias atenuantes mencionaron la carencia de antecedentes penales del condenado.

Así las cosas, sostuvieron que la pena justa a establecer en este caso es de tres años y seis meses de cumplimiento efectivo.

 

El caso

El caso investigado por la fiscalía, se trató de la denuncia por hechos de abuso sexual contra una menor de 13 años, ocurridos durante los años 2017 y 2018 en las localidades de Río Mayo y Rawson.

El veredicto emitido por el tribunal colegiado que intervino en el juicio, estableció que el acusado es autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda de una menor de edad.

Son los hechos ocurridos a comienzos de 2017 y finales de 2018, cuando la víctima residía en una vivienda en la ciudad de Rawson. En ese período de tiempo, el imputado mantenía un vínculo con la madre de la menor de trece años.

Además, agregaron que, en ese contexto de tiempo, espacio y relaciones, sin poder precisar fechas exactas, las representantes del Ministerio Público Fiscal, lograron probar que el acusado realizó tocamientos en las zonas íntimas de la víctima, que en ese tiempo tenia once años de edad.

En tanto, dispusieron la absolución del acusado respecto a otras dos imputaciones, por aplicación del beneficio de la duda razonable.

 

Ficha de la audiencia

Ministerio Público Fiscal: Fiscal Laura Castagno-Funcionaria Luciana Coppini

Tribunal Colegiado de Juicio: Juez Ariel Quiroga -Juez José Luis Ennis -Juez Ricardo Rolón.

Defensores: Abogado Martín Castro-Abogado Rodrigo Miquelarena

Asesor de Familia: Abogado Tomás Malerba

Fecha del Hecho: enero de 2017 a junio de 2018

Calificación legal: Abuso sexual simple contra un menor de 13 años (2 hechos) agravados en concurso real en calidad de autor en modalidad de delito continuado.

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