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Río Mayo: La fiscalía solicitó la imposición de cinco años de prisión para un condenado por abuso sexual

Rio Mayo: Debate de la pena por abuso sexual agravado

 

La Fiscal Laura Castagno y la Funcionaria Luciana Coppini, solicitaron que se le imponga la pena de cinco años de prisión contra un sujeto de 47 años, condenado como autor penalmente responsable por el delito de abuso sexual simple contra una menor de 13 años agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda.

 (Por tratarse un vínculo familiar directo entre el imputado y la víctima, los protocolos de información recomiendan no brindar las identidades completas, a los fines de evitar el proceso de revictimización). En tanto, los abogados defensores, peticionaron que su asistido reciba el mínimo de la pena establecido por la ley (tres años). Finalmente, el tribunal, informó que el lunes 31 de julio presentará el veredicto de la pena.

 

Al inicio de la audiencia, el abogado particular Martín Castro, presentó los medios de prueba documental y testimonial ofrecidos en esta etapa. Asimismo, el condenado, se expresó respecto de cuestiones vinculadas con su trabajo y los inconvenientes que le provocó la difusión de este caso en los medios de comunicación y redes sociales.

Luego, la Fiscal Laura Castagno, desarrolló su alegato destacado la vulnerabilidad de la víctima en relación al vínculo que mantenía con el acusado. También sostuvo la necesidad de tener en cuenta como agravantes la diferencia de edad entre el condenado y la menor. A ello agregó, la modalidad de las agresiones, la extensión del daño causado y el nivel educativo del agresor. Por último, considero que se debe tener en cuenta como atenuantes la falta de antecedentes computables del acusado.

En otro orden, Castagno, pidió que se le imponga al acusado la imposición de una medida sustitutiva. La misma consiste en que debe solicitar autorización judicial para salir de la ciudad de Río Mayo.   

En consecuencia, solicitó al tribunal que le imponga la pena de cinco años de prisión.

El alegato de los asesores legales del condenado, se orientó al análisis de las circunstancias del hecho y las características personales del autor. En este sentido, mencionó la afectación emocional de su asistido por la difusión mediática del caso. Para concluir requirieron que se aplique el mínimo de la pena, en carácter de ejecución condicional (tres años).

Para concluir, el tribunal informó que rechazaba el pedido de imposición de medida sustitutiva. Asimismo, indicaron que el lunes 31 de julio, los jueces darán a conocer el veredicto    

 

   

 

El caso

El caso investigado por la fiscalía, se trató de la denuncia por hechos de abuso sexual contra una menor de 13 años, ocurridos durante los años 2017 y 2018 en las localidades de Río Mayo y Rawson.

El veredicto emitido por el tribunal colegiado que intervino en el juicio, estableció que el acusado es autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda de una menor de edad.

Son los hechos ocurridos a comienzos de 2017 y finales de 2018, cuando la víctima residía en una vivienda en la ciudad de Rawson. En ese período de tiempo, el imputado mantenía un vínculo con la madre de la menor de trece años.

Además, agregaron que, en ese contexto de tiempo, espacio y relaciones, sin poder precisar fechas exactas, las representantes del Ministerio Público Fiscal, lograron probar que el acusado realizó tocamientos en las zonas íntimas de la víctima, que en ese tiempo tenia once años de edad.

En tanto, dispusieron la absolución del acusado respecto a otras dos imputaciones, por aplicación del beneficio de la duda razonable.

 

Ficha de la audiencia

Ministerio Público Fiscal: Fiscal Laura Castagno-Funcionaria Luciana Coppini

Tribunal Colegiado de Juicio: Juez Ariel Quiroga -Juez José Luis Ennis -Juez Ricardo Rolón.

Defensores: Abogado Martín Castro-Abogado Rodrigo Miquelarena

Asesor de Familia: Abogado Tomás Malerba

Fecha del Hecho: enero de 2017 a junio de 2018

Calificación legal: Abuso sexual simple contra un menor de 13 años (2 hechos) agravados en concurso real en calidad de autor en modalidad de delito continuado.

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