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DOS AÑOS DE PRISION EN SUSPENSO FUE LA CONDENA QUE EL TRIBUNAL IMPUSO A MIRTA INES GIL POR HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL

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  El Tribunal integrado por los Jueces Darío Arguiano, Adrián Barrios y Sergio Piñeda, resolvió condenar a Mirta Inés Gil con la imposición de dos años de prisión en suspenso por el delito de homicidio preterintencional, artículo 81, inciso 1, letra b del Código Penal, en perjuicio de su esposo, José Luis Quiroga, en un episodio que tuvo lugar el 28 de marzo de 2010, cerca de las 8,30 en el domicilio de barrio Amaya, perteneciente a la familia.   En los fundamentos de lo sentenciado, se observa lo ya mencionado en el veredicto, en cuanto que estan probados los malos tratos, humillaciones y agresiones tanto físicas como físicas que el occiso en forma frecuente dirigía a su cónyuge, teniendo cierto también que aquella fatídica mañana se produjo un incidente entre ambos en la que se habría reeditado esta suerte de "vinculación desadaptada", tal como lo calificó la psicóloga forense al momento de su declaración durante el juicio.   Entendieron los magistrados que se pudo descartar la intención del dolo de la imputada dirigido a producir la muerte de su compañero, indicando que concurren al caso las causales previstas en la norma por el delito ya mencionado.   Durante la lectura de la sentencia, se encontraban presentes además de Mirta Gil, el defensor Sergio Rey y la Funcionaria de Fiscalía, Claudia Ibáñez, en representación de las partes, leyéndose solamente la parte resolutiva, donde se le dió a conocer una serie de normas de conducta que deberá mantener la condenada para preservar el estado condicional de la condena.

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