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Trelew

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EN CASO DE VIOLENCIA FAMILIAR IMPONEN MEDIDAS PREVENTIVAS PARA IMPUTADO

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  Un caso de violencia familiar fue ventilado en una audiencia de control desarrollada en los Tribunales de Trelew, tras la cuál el Juez, Dr. Sergio Piñeda, determinó medidas preventivas para un imputado por violación de domicilio, lesiones leves y amenazas, todo en concurso real en carácter de autor, de acuerdo a los arts. 150, 89, 149 bis y 55 del Código Penal.   La Fiscal General, Dra. Mirta Moreno relató que el individuo ingresó el 26 de septiembre sin consentimiento a la vivienda de su ex pareja, quien se encontraba durmiendo. En un momento se ésta última se despierta, percatándose de la presencia del intruso, incorporándose y echando a correr. Al ser perseguida es alcanzada en el exterior de la casa, y en ese instante el imputado la golpea de diversas maneras, a la vez que le grita a viva voz amenazándola.   Esta agresión queda referida con diferentes heridas constatadas en la humanidad de la mujer, entre ellas hematomas, edemas y lastimaduras contusas punzantes. Posteriormente, el agresor habría abordado un automóvil, siendo observado todo esto por un vigilador privado, quien da aviso de lo sucedido a la policía. Luego, el vehículo es detectado y ante el requerimiento de la fuerza pública, el conductor no quiso detener su marcha, arribando a un domicilio de la calle A.P.Bell al 1200, donde se procede en consecuencia.   Esta persona, defendida en la oportunidad por la Doctora Gladys Olavarría, contó en la audiencia que fue él quien se sintió agredido al momento de acudir a casa de su ex pareja, con la excusa de solicitar trámites relacionados con el alquiler de la vivienda, que se encuentra a su nombre. Justificó algunas situaciones generadas con su ex mujer y su hija, acusándola de tener problemas con droga y alcohol.   Sin embargo, la Fiscal expuso como antecedente la existencia de una denuncia en Juzgado de Familia, bajo el nro. 503/2010, donde la misma víctima acusa al agresor por violencia familiar, lo que llevó a la Jueza a decretar el 8 de julio de este año la prohibición de acercamiento e ingreso a la casa. De acuerdo a lo informado por los actuantes, el interesado no fue notificado de esta situación, debido a que nunca se lo encontraba en su domicilio   En ese sentido, la Dra. Moreno solicitó se imponga la prohibición de acercamiento, dados los supuestos del art. 99, inciso 13 del Código Penal y ante los riesgos previstos en el art. 227, además de pedir la prohibición de todo tipo de comunicación y la firma  del libro de disciplina tres veces por semana.   La Doctora Olavarría, mas allá de negar los hechos relatados por Fiscalía,  utilizó buena parte del tiempo que duró la audiencia para oponerse a la constitución de querellante, presentación efectuada por el Ministerio Público Fiscal a solicitud de la víctima, argumentando que no se daban los requerimientos para tal fin, previstos en el art. 108 del Código Procesal Penal.   Finalmente, el Doctor Sergio Piñeda hizo lugar a dicha constitución, mediante el artículo 276, que fija la figura de querellante provisorio, otorgando además tres días para cumplir con los requisitos mencionados. En cuanto a las decisiones respecto al hecho, el magistrado ordenó la libertad del encartado, aunque dictando las medidas sustitutivas del art. 227, como lo  son la prohibición de acercamiento a la víctima y su hija, sostuvo la incomunicación del imputado a quien se esta investigando y ordenó la presentación los lunes, miércoles y viernes para que firme el libro en la Oficina de Ejecución Penal.   De todas maneras, las prohibiciones de acercamiento y cualquier tipo de comunicación las dejó supeditadas a las decisiones que pueda adoptar el Juzgado de Familia, que tiene potestad sobre este tipo de hechos.   En el transcurso de esta audiencia también se escuchó a la víctima, quien rompió en llanto y contó como fue agredida, desmintiendo todo lo dicho por el imputado, detallando como se han ido dando los acontecimientos hasta llegar a esta instancia, pidiendo la implementación de medidas, manifestando su temor por lo que pudiera suceder en el futuro inmediato.

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