Trelew

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MAÑANA SE DEBATIRA PENA PARA UN CONDENADO POR EL DELITO DE ABANDONO DE PERSONA

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  Mañana (martes) se realizará en sala de audiencias de los Tribunales de Trelew el debate de pena para Jorge Daniel Rodríguez, quien fue encontrado culpable por el delito de abandono de persona en calidad de autor, de acuerdo a lo determinado por el Juez, Doctor Alejandro Defranco. EL HECHO   Durante el Juicio Oral y Público llevado adelante, el Fiscal General, Doctor Fabián Moyano dio por acreditado que el mencionado, entre  los días 2 y 3 de diciembre de 2008, en una vivienda de Playa Unión, sabiendo perfectamente el estado de salud por el que atravesaba su abuelo, y en especial las graves y evidentes lesiones que presentaba, sumado a esto su estado de coma, derivando en una situación de incapacidad para valerse por si mismo, lo abandonó a su suerte, desatendiendo su deber de cuidado en virtud de tratarse de su abuelo paterno a su cuidado y que habitaba la misma casa.   De esta manera, y según lo probado por el Fiscal General durante el Juicio, el acusado abandonó a su abuelo, dejándolo completamente aislado en una habitación de la casa, desnudo, lesionado y en coma, omitiendo solicitar la ayuda médica, aún pudiendo hacerlo, exponiéndolo a un peligro concreto al dejarlo postrado en un catre hasta el día 3 de diciembre a las 13,20 hs..   De la misma manera, Rodríguez se opuso a que personal policial y la asistente social del Ministerio de la Familia ingrese a verificar el estado de salud del anciano, falleciendo posteriormente el día 6 de diciembre en el Hospital de Rawson a consecuencia de la gravedad de las lesiones detectadas por los médicos en el lugar de su hallazgo. ABANDONO    El Doctor Moyano encontró acreditada la materialidad y la autoría del hecho, así como el tipo penal agravado, la ausencia de causas de justificación, la capacidad de culpabilidad, habiendo solicitado el veredicto de culpabilidad por el delito de abandono de personas, agravado por la muerte de la víctima, previsto y penado por el art. 106, 1ro y 3er párrafo del Código Penal. Si bien el Dr. Defranco lo encontró culpable, lo hizo por el abandono de personas en su figura simple, sin tener en cuenta el agravante de la muerte. ALEGATO FISCAL   En su alegato, el Fiscal reparó en los testimonios de los policías de la comisaría de Playa Unión, quienes en varias oportunidades debieron asistirlo en la calle, indicando que los días previos a su muerto, se lo había visto en un deplorable estado de abandono. El abuelo les manifestó no querer regresar a su casa, dado que el nieto lo maltrataba, sumado esto a otras evidencias que marcan el desprecio, abandono y desaire del imputado para con su familiar.   Por otra parte, los informes médicos revelaron el estado de deshidratación, la presión muy baja y otros detalles con los cuales llegó al Hospital Santa Teresita, tras haber sido hallado por la policía y una asistente social, desnudo e inconsciente, tendido sobre la cama en la vivienda de Playa Unión, alegó el Fiscal.   Remarcó el Dr. Moyano que el desprecio por la situación del anciano, evidenciado por el acusado, no solo fue en las semanas previas al fallecimiento, sino también se manifestó en los días que permaneció internado, cuando ni siquiera fue visitado con el fin de interiorizarse por su estado de salud. Esa actitud continuó luego, tras la muerte, cuando ni siquiera se encargó de vestir al anciano, sepultado finalmente cubierto apenas por un pañal descartable, aclarando que así fue hallado cuando se exhumó el cadáver.   “Está claro que el abuelo estaba agonizando y esto no fue advertido por el traído a juicio”, señaló el Fiscal, quien también indicó que impuso de las actuaciones a la Justicia Federal, teniendo en cuenta que tras la muerte del anciano, su nieto estuvo durante un año cobrando su jubilación.

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