Comodoro Rivadavia

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Audiencia de control de detención por el homicidio de Néstor Fabián Vázquez

 

Prisión preventiva y formalización de la investigación para Claudio Marcelo Vera

En horas de la tarde del viernes se llevó a cabo en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de control de detención y formalización por el hecho acontecido el pasado 17 de marzo del presente año que tiene como imputado a Claudio Marcelo Vera y como víctima a Néstor Vázquez. Al concluir el acto, en consecuencia con lo solicitado por el fiscal, el juez penal resolvió formalizar la apertura del hecho en contra del imputado decretando su prisión preventiva por el término de tres meses.

El evento fue presidido por José Rago, juez penal, por el Ministerio Público Fiscal asistieron Adrián Cabral, fiscal general y Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Fabio Cambarieri, abogado particular del mismo. Asimismo se encontraban presentes en la sala familiares de la víctima acompañados por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito; familiares y amigos del imputado.

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En un comienzo el fiscal solicitó se declare legal la detención de Claudio Vera ya que fue realizada por pedido fundado del fiscal y autorizada por un juez penal competente. Requiriendo se le formalice la apertura de investigación preparatoria en su contra por el hecho ocurrido el pasado 17 de marzo de 2014, entre las 19 y las 21 hs., momentos en que la víctima se acerca al predio del Club Deportivo Roca, junto a otra persona. Lugar al que también se apersona Claudio Vera, junto a otro individuo ya identificado, y el primero le efectúa al menos dos disparos de arma de fuego. Uno de los cuales impacta en la cabeza del occiso, cuyo cuerpo es descubierto por el cuidador del predio al día siguiente. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de autor para Vera. Pidiendo el fiscal que se fije audiencia de manera urgente respecto a la otra persona identificada e implicada en el hecho.

Luego la funcionaria de fiscalía enumeró un detalle de la evidencia recolectada por la fiscalía hasta el momento, destacándose el informe de autopsia que describe las lesiones de la víctima, pericias que se realizaron respecto a vainas secuestradas.

El defensor por su parte no objetó ni el relato del hecho ni la calificación legal, solicitando un detalle de las evidencias colectadas.

Luego el fiscal solicitó la prisión preventiva por tres meses de Vera en base a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho punible. En igual sentido por la presunción razonable que no se va a someter al proceso y el peligro de entorpecimiento de la investigación. Fuga por la pena en espera, que en caso de ser declarado culpable, no será menor a diez años y ocho meses de prisión  y también mencionó la existencia de condenas anteriores que tiene Vera. Peligro de entorpecimiento porque de las entrevistas que se han tomado surge una interna gremial de la UOCRA entre dos facciones, sostuvo el fiscal. Finalmente requirió el plazo de tres meses para concluir con la investigación.

En contraposición el defensor se opuso a la medida de coerción ya que la misma se puede suplir con una medida alternativa a ésta. No se encuentra reunido el requisito procesal de la probabilidad de autoría en cabeza de su defendido, afirmó. El fiscal realiza un análisis equivocado de la interna gremial. Los testimonios no acreditan la autoría del hecho en cabeza de Vera y los antecedentes penales mencionados son por delitos contra la propiedad, no contra la vida, sostuvo el defensor. Tampoco existe el riesgo de entorpecimiento ya que el mismo puede ser suplido por prohibición de acercamiento o arresto domiciliario. Solicitando la prisión domiciliaria, con salidas laborales del imputado; y en caso de serle otorgada la prisión preventiva que se reduzca su plazo a 30 días. Finalmente dejó planteada la reserva del caso federal.

Por su parte el juez resolvió formalizar la apertura de investigación preparatoria del hecho, por la calificación jurídica de homicidio agravado, dando por anoticiado al imputado del mismo y por asegurada su defensa. Destacando en igual sentido la evidencia que compromete a Vera y decretando su prisión preventiva por el término de tres meses, por los elementos de convicción suficientes en su contra y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento.

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