Comodoro Rivadavia

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Audiencia de control de la prisión preventiva por abuso sexual

Mantienen la medida de coerción del condenado hasta que la sentencia quede firme

En horas del mediodía del jueves pasado se desarrolló en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de control de la prisión preventiva que viene cumpliendo Juan José Ríos en referencia a un hecho acontecido el pasado 20 de septiembre de 2010. La representante de fiscalía solicitó se mantenga la medida de coerción que pesa sobre Ríos hasta que la sentencia quede firme; en tanto que la defensa requirió el levantamiento de la medida y permiso de salidas laborales.

El tribunal examinador estuvo integrado por Daniela Arcuri y Alejandro Soñis, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal asistió Lorena Garate, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa estuvo a cargo de Sandra Grilli, abogada particular del mismo.

En el inicio de la audiencia la representante de fiscalía solicitó se mantenga la medida de coerción que viene cumpliendo Ríos en virtud del doble conforme, sentencia condenatoria en primera (tribunal de juicio) y segunda instancia (Cámara Penal), confirmada porla Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia provincial, para tenerlo como autor material del hecho ventilado. Cabe mencionar que en primera instancia fue condenado a seis años y medio de prisión y la Cámara Penal readecuó la pena a seis años de cumplimiento efectivo. Luego la defensa interpone un recurso extraordinario ante la Sala Penal que lo rechaza y confirma la sentencia dictada por la Cámara. Asimismo la funcionaria mencionó el peligro de fuga por el monto de la pena impuesta, como también que la medida de coerción asegura el cumplimiento de la Ley penal. La calificación jurídica de la que fue declarado penalmente responsable Ríos es “abuso sexual cometido mediante violencia y amenazas, con acceso carnal; privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil, en concurso real, en calidad de autor.”

Por su parte la defensora argumentó que aun la sentencia no está firme, que su pupilo siempre estuvo a derecho y que no hubo entorpecimiento de la investigación. Rige el principio de presunción de inocencia solicitando el levantamiento de la medida de coerción y subsidiariamente se le permita ir a trabajar y volver a su lugar de detención.

Finalmente el tribunal resolvió de forma unánime mantener la medida de coerción que pesa sobre Ríos hasta que la sentencia pase a estado de cosa juzgada, es decir quede firme. En base al doble conforme, es decir la sentencia condenatoria, confirmada parcialmente por la Cámara Penal y el rechazo de la impugnación extraordinaria, presentada por la defensa, ante la Sala Penal. Calificando la meda de coerción como “proporcional y razonable”, viene cumpliendo prisión preventiva desde hace un año, y las salidas que propone la defensa no resultan suficientes para asegurar el cumplimiento de la Ley penal.

 

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