Comodoro Rivadavia

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Elevan causa a juicio y mantienen la prisión preventiva de Misael Henríquez

 

Audiencia preliminar por el homicidio de Carlos Muñoz Villagra

Por el hecho acontecido el pasado 28 de junio del presente año se llevó a cabo en sede de los tribunales del barrio Roca la audiencia preliminar. Por el hecho se encuentran acusados Misael Henríquez, como probable autor del homicidio agravado y Rodrigo Gallardo, como partícipe necesario del homicidio de Muñoz Villagra. Al concluir la audiencia se resolvió mantener la prisión preventiva que viene cumpliendo Henríquez y se dispuso la libertad de Gallardo con medidas sustitutivas. La fiscal solicitó la revisión respecto a la libertad de éste último.

El acto fue presidido por la juez penal Raquel Tassello; la fiscal general Cecilia Codina actuó representando al Ministerio Público Fiscal; la defensa de Henríquez fue ejercida por la defensora pública Viviana Barillari; en tanto que la de Gallardo por Daniel López, abogado particular del mismo. También se encontraban presentes en la sala los padres y familiares de la víctima, acompañados por una profesional del SAVD.

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La fiscal hizo referencia al hecho investigado cuando el día 28 de junio del 2014, siendo aproximadamente las 22:30hs, en circunstancias en que Carlos Javier Muñoz Villagra se encontraba caminando junto a dos amigos por calle Dr. Federicci al 1700 de esta ciudad, arribaron al lugar Misael Javier Henríquez y Rodrigo Pablo Alexis Gallardo, ambos blandiendo armas de fuego, ocasión en que Misael Javier Henríquez sabiendo lo que hacía y con claras intenciones de darle muerte, efectuó varios disparos con un arma de fuego contra la humanidad de Muñoz Villagra, en tanto que Rodrigo Gallardo, ante la indicación de Henríquez de que le disparara a los restantes, disparó contra los dos amigos de la víctima quienes lograron huir del lugar, no obstante provocarle a uno de ellos una lesión leve de arma de fuego en el muslo derecho. Gallardo con su accionar ahuyentó del lugar a los dos testigos presenciales y amigos de la víctima a los fines de evitar que ambos ayudaran a ésta, posibilitando de esta manera que Muñoz Villagra, quien no podía correr quedara solo en el lugar a expensas de Henríquez, quien continuó disparando contra él.

Producto de estos disparos de arma de fuego Carlos Muñoz Villagra sufrió las siguientes lesiones que causaron su óbito en forma casi inmediata: 9 heridas producidas por disparos de arma de fuego, en cráneo, cuello, tórax y abdomen, causando hemopericardio, hemotórax derecho y hemoperitoneo, de las cuales una de ella lesionó el ventrículo derecho produciendo un desgarro de la pared del corazón, causa que conllevó a un “paro cardio-respiratorio traumático por lesión del miocardio”.

Calificando el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con tenencia de arma de fuego de guerra sin la debida autorización”, en calidad de autor, para Misael Henríquez, y de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego en calidad de partícipe necesario” para Rodrigo Gallardo. Estimando una pena de 16 años y medio de prisión para Henríquez; y para Gallardo de 13 años.

Seguido se realizó el ofrecimiento de la prueba testimonial y documental de las partes, realizando las correspondientes convenciones probatorias.

Finalmente Codina solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva que viene cumpliendo Henríquez hasta terminar el juicio, en base a los elementos de convicción existentes para tenerlo como probable autor, como también por los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Peligro de fuga en base a las circunstancias graves del hecho, la pena en espera, se debe cautelar el proceso hasta su culminación, enfatizó la fiscal. Respecto a Gallardo también solicitó le sea revocada la prisión domiciliaria y se dicte su prisión preventiva hasta la finalización del debate por los mismos peligros procesales que su consorte de causa.

La defensora de Henríquez sostuvo que “sobre mi asistido pesa el estado de inocencia”  y que la prisión preventiva es una medida de última ratio, la libertad de be ser la regla en el proceso y no la excepción. Solicitando su libertad y subsidiariamente su arresto domiciliario. Por su parte el defensor de Gallardo solicitó se mantenga su arresto domiciliario y negando la existencia de peligros procesales.

Finalmente la juez penal resolvió morigerar la prisión domiciliaria que viene cumpliendo Gallardo, disponiendo su libertad con presentaciones semanales ante la autoridad, prohibición de ausentarse de la ciudad sin permiso y de contacto con los testigos. En cuanto a Henríquez decidió prolongar su prisión preventiva hasta el inicio del juicio. La fiscal solicitó la revisión respecto a la libertad de Gallardo.

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