Comodoro Rivadavia

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Formalizan apertura de investigación para coimputado Misael Henríquez

 

Audiencia de apertura de investigación por el homicidio de Néstor Fabián Vázquez

De esta forma resolvió el juez penal luego de concluida la audiencia en sede de los tribunales penales del barrio Roca la mañana del martes por el hecho acontecido el pasado 17 de marzo del presente año que tiene como coimputado a Claudio Marcelo Vera y como víctima a Néstor Vázquez. En la fecha se realizó la audiencia por Misael Henríquez, mientras que el viernes 5 de septiembre pasado se le imputó el hecho a Vera. Al concluir el acto y por requerimiento de la parte acusadora se le formalizó la apertura de investigación a Henríquez y se estableció su privación de la libertad también en esta causa.

El acto fue presidido por José Rago, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal asistió Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Henríquez fue ejercida por Fabio Cambarieri, abogado particular del mismo.

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En un primer momento la acusadora pública se refirió al hecho a investigar cuando el pasado 17 de marzo de 2014, entre las 19 y las 21 hs., momentos en que la víctima se acerca al predio del Club Deportivo Roca, junto a otra persona. Lugar al que también se apersona Claudio Vera, junto a Misael Henríquez, y el primero le efectúa al menos dos disparos de arma de fuego. Uno de los cuales impacta en la cabeza del occiso, cuyo cuerpo es descubierto por el cuidador del predio al día siguiente. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de autor para Vera y de partícipe necesario para Misael Henríquez. La autopsia realizada al cuerpo de la víctima concluyo que su deceso fue por “paro cardiorespiratorio traumático, debido a lesión cerebral por paso de proyectil”, concluyó la funcionaria. Solicitando el plazo de tres meses para concluir con la investigación.

Por su parte el defensor sostuvo que de la presentación del hecho no se encuentra acreditada la participación de mi asistido en él. Sólo por declaraciones en sede policial, sin el control de la defensa. Con testimonios indirectos y suposiciones o dichos en entrevistas. No se ha acreditado la presencia del testigo en el lugar del hecho.

Rivas solicitó la prisión preventiva de Henríquez en base al peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga por las características graves del hecho investigado y por la pena que se espera como resultado del proceso. La pena mínima es de diez años y ocho meses de prisión. Mencionando que Henríquez está imputado en otro homicidio, el de Carlos Muñoz Villagra, por lo cual se le prorrogó su prisión preventiva hasta el próximo 20 de octubre. Solicitando la medida de coerción por tres meses y concluyendo que no corresponde una medida sustitutiva.

El defensor solicitó en contraposición una medida sustitutiva para su pupilo, la prisión domiciliaria de éste con permiso de salidas laborales; y se refirió al principio de inocencia que rige en todo proceso. Subsidiariamente la reducción de la solicitada por la fiscalía a 30 días.

Finalmente el juez penal resolvió dar por formalizada la apertura de investigación preparatoria del hecho a Henríquez, dando por anoticiado al coimputado del hecho y la calificación legal que se le imputa y por asegurada su defensa técnica. Decretando su prisión preventiva por tres meses, en base a los elementos de convicción arrimados por la fiscalía y la presunción de fuga, por el hecho grave, homicidio agravado por el uso de arma de fuego; y su participación secundaria en él.

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