Audiencia de revisión por el homicidio de Axel Barra
En horas de la mañana del martes se efectuó en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de revisión solicitada por la defensa del menor J.A.B. por el hecho acontecido el pasado 31 de marzo que terminara con la vida de Axel Barra. El defensor y la asesora de menores solicitaron se revise la decisión de la juez natural de la causa y se otorgue la detención domiciliaria del menor con permiso para asistir a la escuela. En contraposición el fiscal requirió se confirme la decisión de la jueza Arcuri y se interne por un mes al menor en el COSE de Trelew.
El tribunal de revisión estuvo compuesto por Gladys Olavarría y Mariel Suárez, juezas penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa del menor fue ejercida por Guillermo Iglesias y Andrea Mac Garva, abogado particular y defensora de menores respectivamente.
El defensor pidió la revisión de la decisión de la jueza natural de la causa al disponer el alejamiento por un mes de mi defendido en el COSE. Citando la Convención Interamericana de Derechos Humanos y la Convención de los Derechos del Niño respecto de la finalidad recursiva. Si la juez hubiera considerado aspectos distintos en su decisión, como que mi defendido estudia y es alumno regular, argumentó. También de la presencia de su madre en la audiencia y la solicitud de privación de libertad domiciliaria con permiso para ir a la escuela. También refirió que el menor no tiene antecedentes penales ni causas en trámite y siempre ajeno al sistema penal. Mi defendido al momento del hecho no se encontraba en el lugar y falta esclarecer el mismo. La resolución de la jueza en sus considerando trató al menor como si fuera un mayor.
La defensora de menores solicitó se considere el interés superior del niño y se adopte una medida sustitutiva como la privación de su libertad en su domicilio con salidas escolares. Considerando que las medidas de privación de libertad para los menores debe ser el último recurso, debiéndose adoptar medidas sustitutivas siempre antes que aquellas.
En conntraposición el fiscal hizo referencia a la gravedad del hecho investigado que culmina con la muerte de Axel Barra. Su calificación jurídica provisoria es “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de coautores para el menor y los otros tres imputados. La jueza consideró para su decisión los elementos de convicción para tenerlo como partícipe del hecho grave. También el peligro de fuga y que fue de noche y en la vía pública. Por último se refirió al peligro de entorpecimiento ya que los testigos son todos de la zona y lo conocen del barrio. Requiriendo se confirme la resolución de Arcuri y se dicte la internación por un mes del menor en el COSE.
Finalmente el Tribunal resolvió por unanimidad mantener la decisión de la jueza Arcuri y mantuvieron la internación por un mes del menor en el COSE en base a la existencia del peligro de entorpecimiento. Consideraron que hubo arbitrariedad en la decisión ya que la jueza no consideró los argumentos de la defensa sobre la escolaridad del imputado. También que hay testigos que ven al menor, junto a los otros coautores, con armas de fuego en su poder.
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