Trelew

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PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO POR ABUSO DE ARMA Y DAÑO

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En una audiencia de control realizada en el tercer piso de los Tribunales de Trelew, la Jueza, Dra. Ivana González, determinó la prohibición de acercamiento para un jóven a quien se le imputa haber gatillado un arma contra otra persona sin que esta se haya disparado, retirándose luego del lugar para regresar a las dos horas y proceder de la misma manera contra el mismo individuo y su padre, quienes se encontraban frente a su domicilio. Ante esta situación, los agredidos accediero a un automóvil mediante el cuál intentaron alejarse del lugar, siendo perseguidos por el imputado durante un tramo, mientras disparaba contra ellos.    Posteriormente, ante la llegada de la policía, el jóven pretende darse a la fuga pero es detenido. Tales incidentes ocurrieron sobre la calle Fuerte San José al 150 entre las 23 del 31 de julio y las 2 del 1ro de agosto, habiendo sufrido daños una ventana del domicilio de los afectados.   En la Audiencia la Funcionaria de Fiscalía, Dra. Marcela Guillén, además de solicitar la apertura de la investigación por el término legal del art. 282, pidió la prohibición de acercamiento, en el marco del artículo 227 del Código Procesal Penal, mas allá que el imputado no tiene antecedentes penales, pero si vinculación con hechos delictivos. El argumento principal es el temor de la familia agredida, teniendo en cuenta que uno de los motivos puede ser el haber sido testigos en una causa donde el violento estaba involucrado.   Se dejó constancia que si bien un allanamiento en procura de hallar el arma dio resultados negativos, al momento de la detención, se le secuestraron dos cartuchos calibre 22. La Doctora Gladys Olavarría, defensora oficial, estuvo de acuerdo con la medida, pero en los términos del artículo 99, aunque finalmente la Jueza procedió a dictar la prohibición de acercamiento de acuerdo a lo pedido por la Fiscalía.   En consecuencia, el jóven que trabaja en la Municipalidad, según él mismo expresó, deberá cumplir con la sanción dispuesta y no acercarse a ningún integrante de la familia ni a los lugares que estos frecuentan, caso contrario deberá atenerse al enjuiciamiento por otra clase de delito.   La calificación jurídica que tendrá por objeto la investigación es el abuso de arma en concurso real con daño, de acuerdo a los artículos 104 y 183 del Código Penal y 45 en calidad de autor.

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