Comodoro Rivadavia

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Mantienen la medida de coerción del coimputado Barría hasta el próximo 27 de octubre

Audiencia de revisión ante dos jueces por robo doblemente agravado en 1008 viviendas

Se concretó por el sistema de videoconferencia una nueva audiencia de revisión de la prisión preventiva solicitada por la defensa de uno de los imputados Gonzalo Barría. La defensa solicitó nuevamente su arresto domiciliario; en contraposición el fiscal que se rechace dicho pedido y se mantenga la preventiva que viene cumpliendo Barría.

La defensora solicitó se revise la decisión del juez natural, Cosmaro, que rechazó la morigeración de prisión preventiva de Barría, por su arresto domiciliario. El juez natural entendió que subsisten los peligros procesales de fuga y entorpecimiento. La causa ya pasó la preliminar y está elevada a juicio. Entendiendo que “la resolución del juez es arbitraria al acoger la calificación más gravosa hace una interpretación contraria a su asistido, cuando la medida de coerción debe interpretarse de manera restrictiva y esto aquí no ocurre”. El peligro de entorpecimiento el juez lo entendió hasta tanto los testigos y la víctima declaren en el debate, mientras que la investigación ya se encuentra finalizada. No hay nada que pueda hacer que pueda influir sobre lo ya investigado por el fiscal, concluyó la defensora. “El peligro de fuga se podría neutralizar con un arresto domiciliario”. Haciendo luego referencia detallada de tres Informes Sociales realizados en la causa. Mi asistido no tiene causas anteriores, ni causas pendientes, argumentó la defensora. Solicitando se modifique la prisión preventiva que viene sufriendo su asistido por un arresto domiciliario hasta el próximo 27 de octubre, fecha hasta la que se fijó la prisión preventiva, o hasta la fecha de debate, lo que ocurra primero.

Por su parte el fiscal se opuso a la pretensión de la defensa de morigerar la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado Barría por un arresto domiciliario. La fiscalía considera que de ninguna manera la resolución del juez Cosmaro fue arbitraria, sino que fue debidamente fundada. El juez dijo que modificó su postura por la etapa procesal en la que se encuentra la causa, elevada a juicio. Desde el inicio de la investigación la fiscalía sostuvo el peligro de fuga existente. La fiscalía calificó el hecho como “robo agravado por escalamiento, y por el uso de un arma impropia” y así fue elevada a juicio con una pretensión punitiva de 7 años de prisión. El juez cambió su posición por la gravedad del hecho y porque los peligros procesales subsisten. La gravead es porque los imputados se introducen en un departamento a la noche cuando la víctima estaba durmiendo y las heridas a la víctima fueron constatadas en el lugar del hecho, sostuvo el fiscal. Le aplicaron golpes en la cabeza con una barreta y lo tirana al piso y patean. La pena que se espera como resultado del procedimiento que será de cumplimiento efectivo y la existencia del peligro de entorpecimiento que subsiste hasta el juicio. Si e llegan a otorgar arresto domiciliario subsiste el peligro de fuga porque el imputado sabe la pena que pretende la fiscalía, en caso de ser declarado responsable. Por todo lo cual solicitó al tribunal de revisión que se confirme la resolución del juez natural en todos sus términos, se mantenga la preventiva de Barría y se rechace su arresto domiciliario.

Finalmente el tribunal de revisión resolvió por unanimidad mantener la prisión preventiva de Barría tal como ha sido dispuesta por el juez de la causa, ello en base a los elementos de convicción suficientes existentes como para tenerlo como probable autor del hecho. El peligro de fuga es incremental, no es lo mismo al inicio de la investigación que una causa elevada a juicio. Hay que asegurar la aplicación de la Justicia, sostuvieron los jueces. Persiste también el peligro de entorpecimiento hasta que los testigos no declaren en juicio, debe asegurarse que toda la prueba llegue al debate.

El tribunal de revisión estuvo integrado por los jueces penales Daniela Arcuri y Jorge Odorisio; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Julio Puentes, fiscal general; en tanto que la defensa de barría fue ejercida por Lilian Borquez, defensora pública.

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