Es una actividad o resolución llevada a cabo por el funcionario o magistrado judicial en un caso.
Una vez culminada la investigación, mediante la acusación el Fiscal desarrolla las razones por las cuales considera que corresponde llevar a juicio al imputado por cosiderarlo penalmente responsable por la comisión del delito. Establece el objeto del juicio, describe los hechos, ubica al imputado en el lugar, detalla las evidencias e indicios con que cuenta y ofrece las pruebas con las que demostrará su teoría del caso.
Es una reunión, en principio pública, dirigida por un Juez o Tribunal, en la que se encuentran presentes el imputado, su defensor, el Fiscal y la víctima. El motivo puede ser diverso, dependiendo de cuál sea el asunto que debe tratarse y resolverse en el proceso penal.
Tiene por objeto poner en conocimiento del imputado que el Fiscal ha iniciado una investigación en su contra por considerarlo involucrado en la comisión de un delito.
Tiene por objeto debatir acerca de la existencia de razones para la detención y encarcelamiento de un imputado en un proceso penal.
El Fiscal, la víctima, el imputado y su Defensor, requieren al Juez que confiera validez al acuerdo al que han llegado a fin de reparar el daño causado por el delito, finalizando el proceso
Tiene por objeto el debate acerca de la participación y responsabilidad penal del imputado en el caso planteado en su contra por el Fiscal o el Querellante. Finalizará con una sentencia en la cual el imputado puede resultar condenado, absuelto o sobreseído.
Tiene por objeto debatir acerca de la existencia de razones para la detención y encarcelamiento de un imputado en un proceso penal.
Es la persona sospechosa de haber cometido un delito. Se lo considera inocente hasta tanto una sentencia resuelva que es culpable.
Si el Fiscal se ve impedido de avanzar con la investigación, resolverá su archivo. Esto sucede cuando no pueda conocer o demostrar cómo ocurrieron los hechos o quiénes fueron los autores del delito. Por ejemplo, en el caso de un hurto, un daño o una amenaza cometida por desconocidos.
Si con posterioridad al archivo surgen nuevos indicios o evidencias, podrá reabrirse la investigación.
Persona imputada de delito contra quien se ha presentado una acusación. Mientras la acusación no se haya presentado se le debe llamar imputado.
Argumento, discurso, etc., a favor o en contra de alguien o algo. Escrito en el cual expone el abogado las razones que sirven de fundamento al derecho de su cliente e impugna las del adversario.
Registro policial de un domicilio
Recurso ante un tribunal de superior jerarquía para que anule, revoque o modifique la sentencia o providencia dictada por un tribunal inferior.
Objeto punzante, cortante o contundente que pueda ser utilizado como un instrumento de agresión, capaz de infligir grave daño corporal.
Cualquier arma, sin importar el nombre por el cual se conozca, diseñada o que pueda ser fácilmente convertida para ser o que sea capaz de lanzar una munición o municiones por la acción de una explosión
Anotación oficial de algún hecho, suceso o contrato en algún libro o registro especifico.
Expediente de un procedimiento judicial o administrativo.
Circunstancia extrema por la cual una persona se ve obligada a defender su integridad ante una agresión ilegítima, que como reacción de defensa podría causar daño o la muerte del atacante, pudiendo ser según los hechos: atenuante, etc.
En lo penal, se denomina beneficio cualquier ventaja, lucro, provecho, etc., que recibe un convicto.
Todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación.
Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, y otros análogos.
Los adquiridos por el marido o por la mujer, o por ambos, durante la existencia de la sociedad conyugal, en virtud de título que no los haga privativos del adquiriente, sino partibles por mitad.
Aquellos susceptibles de apropiación y en general todos los que se puedan transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a que estuvieren unidos.
Aquellos que no pueden moverse por sí mismos ni ser trasladados de un lugar a otro.
El arte y la ciencia de calcular el alcance y dirección de los proyectiles.
Es un acto mediante el cual se convoca a una persona para que concurra y participe de una actividad necesaria en el proceso penal. Puede obedecer a diversas razones pero siempre debe concurrir y podrá solicitar y obtener una certificación a efectos de justificar su concurrencia.
Se trata de medidas que tienden a impedir que un delito se produzca o se agraven sus efectos (en el caso de la aprehensión policial) o a asegurar el resultado de la investigación y del proceso (como la prisión preventiva o medidas sustitutiva). Son exepcionales, de interpretación y aplicación restrictiva y limitadas en el tiempo a lo necesario para el cumplimiento de la finalidad pretendida, según el caso.
Es la disciplina que se encarga de la demostración de un delito, su explicación, determinar sus autores y la participación de éstos, a través del uso de un conjunto de procedimientos, técnicas y conocimientos científicos, que hacen recrear los hechos acontecidos y demostrar de manera científica lo que ocurrió en algún delito cometido por una o varias personas.
Término por el transcurso del cual un derecho, título o beneficio pierda su fuerza o valor. Se diferencia de la prescripción en que el término de caducidad no se interrumpe por ningún motivo, mientras que la prescripción sí
El que participa en forma directa y principal, juntamente con otro u otros, en la comisión de un hecho lícito o ilícito; o el que toma parte en la ejecución de un hecho o presta al autor o autores un auxilio sin el cual no habría podido cometerse.
Soborno o corrupción de un juez o funcionario público para que acceda a lo pedido, aunque sea con justicia. En el Derecho Penal, delito que cometen los jueces o funcionarios públicos recibiendo dádiva o promesa por ejecutar o dejar de hacer algo relacionado a su cargo y funciones, y también las personas que dan u ofrecen dádivas para corromper a aquellos.
Acuerdo de las partes que, mediante renuncia, allanamiento o transacción, hace innecesario el litigio pendiente o evita el litigio eventual.
Gastos legales efectuados por las partes con ocasión del juicio.
Negligencia. Calidad jurídica de la conducta que, por acción un omisión y sin dolo, causa un daño injusto generando la consiguiente obligación de repararlo.
Se refiere generalmente con este término al Juicio Oral y en principio Público, en el cual las partes (Fiscal, Querella y Defensor) plantan ante un Juez sus pretensiones en torno a la determinación de responsabilidad penal en relación con un hecho.
Es al abogado que protege los intereses del imputado desde el momento que comienza la investigación penal en su contra. Tutela los derechos del imputado a lo largo del proceso penal. Podrá ser un magistrado integrante del Ministerio Público de la Defensa o un abogado particular.
Es la comunicación que hace una persona al Ministerio Público Fiscal o la Policía acerca de un hecho que reviste los caracteres de delito.
El Fiscal desestima la denuncia cuando de su análisis advierte la inexistencia del delito penal.
Medida por la cual se priva de libertad a una persona por un tiempo determinado en virtud de una resolución judicial en los casos señalados por la ley.
Lesión, agravio, menoscabo que sufre la persona en su patrimonio o en su ser físico o moral, susceptible de ser apreciado económicamente o no.
Denominación dada a la lesión patrimonial sufrida como consecuencia de un hecho o acto antijurídico.
Con arreglo a la ley o en virtud de ella.
Relativo a las circunstancias y pruebas materiales. Consiste en el reconocimiento de hechos que hace alguna de las partes en el proceso y que, en principio, da lugar a que no tengan que ser probados.
Calificación que se da a las diligencias que ordenan los jueces y tribunales en ejercicio de su potestad, sin previo requerimiento de parte.
Apoderarse de los instrumentos y efectos del delito, a fin de devolverlos al dueño, pagar las costas o destruirlos.
El delito es una acción típicamente antijurídica y culpable, castigada por la Ley con una pena. Hecho antijurídico y doloso, sancionado con una pena más o menos grave.
Violación jurídica voluntaria y maliciosa penada por la ley.
Aquel en que el delincuente es sorprendido mientras lo está cometiendo, o es aprehendido en circunstancias tales o con objetos que constituyen indicios claros de la comisión del delito o de la participación en él.
Etapa administrativa en la cual se desarrollan las diligencias y trámites conducentes a procurar el esclarecimiento del hecho delictivo que es investigado.
Retención de ciertos bienes sujetos a responder eventualmente de una obligación. Medida cautelar decretada judicialmente para asegurar de antemano el resultado del juicio.
Delito en que se consigue lucro valiéndose del engaño, la ignorancia o el abuso de confianza. Apoderamiento de lo ajeno con aparente consentimiento del dueño, sorprendido en su buena fe o superado en su malicia.
Sustancia narcótica que produce trastornos graves de orden psico-fisiológico.
Poner en libertad a un detenido o preso con mandamiento judicial.
Es el magistrado del MPF que se encarga de dirigir las investigaciones de los delitos y acusar en juicio a los sospechosos.
Lo que se está ejecutando o haciendo en el momento actual.
Consideración final del Juez en un proceso que se autoriza en la sentencia.
Declaración maliciosamente falsa, deformando o tergiversando los hechos materia de la investigación, cometiéndose un delito contra la recta administración de justicia.
Muerte del hijo ejecutado por su padre o madre. Delito cometido por quién da muerte a su hijo.
El Fiscal, la víctima, el imputado y su Defensor, requieren al Juez que confiera validez al acuerdo al que han llegado a fin de reparar el daño causado por el delito, finalizando el proceso
El homicidio calificado por agravación es aquel en el cual existe entre la víctima y el victimario una relación de parentesco, o por el modo de cometer el delito, por ejemplo con alevosía o por precio o promesa remuneratoria; como así también la relación puede haber entre el homicidio con otro delito.
Delito por el cual por acción o imprudencia se mata a una persona.
elito por el cual, sin usar violencia o amenaza, el sujeto activo sustrae un bien del sujeto pasivo, con la obtención de obtener un provecho económico indebido.
Es un departamento dentro de los ETM, formado por profesionales que prestan colaboración y asistencia en aquellos casos en que se requiera investigar evidencias informáticas, preservar, analizar y/o peritar datos almacenados en medios magnéticos y transacciones electrónicas, entre otras.
Se refiere a la condición mental de una persona imputada de delito al momento en que lo cometió. Implica que la persona imputada tenía en ese momento la capacidad suficiente para comprender la criminalidad del acto o para conducirse de acuerdo con el mandato de ley.
Atribuir un hecho delictivo a alguien.
Juez unipersonal cuyo rol fundamental es cautelar el respeto a las garantías y derechos del imputadoy la legalidad del proceso deinvestigación que lleva adelante el Ministerio Público Fiscal.
Es el Magistrado integrante del Poder Judicial que resuelve los planteos del Fiscal, la víctima, el imputado y el Defensor a lo largo del proceso penal. Actúa tanto en la etapa de la investigación como Juez de Garantías, como en la instancia de la audiencia de juicio, dictando la sentencia del caso.
Cuerpo constituido por los jueces y las juezas de un país.
Juicio que se celebra ante determinado número de ciudadanos seleccionados de conformidad a la ley y juramentados para actuar como juzgadores de hechos. Sobre la base de la prueba presentada y admitida por el tribunal, el jurado determina si unos hechos se pueden considerar probados o no. El jurado no interviene en la interpretación y la aplicación del derecho
El Laboratorio Regional Forense, tiene como función la de practicar todas aquellas operaciones técnicas y científicas conducentes para la investigación de los hechos delictivos conforme lo determina la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal.
Beneficio penitenciario que le permite al interno sentenciado a pena privativa de la libertad, obtener su excarcelación cuando ha cumplido la mitad o las tres cuartas partes de la pena impuesta según sea el caso,
Son aquellas medidas que pueden solicitar los intervinientes del proceso penal, las cuales deben ser decretadas por el tribunal de garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de los fines del proceso o asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieren derivar de él para el acusado. Tienden a asegurar el resarcimiento del daño patrimonial.
Se trata de medidas que tienden a impedir que un delito se produzca o se agraven sus efectos (en el caso de la aprehensión policial) o a asegurar el resultado de la investigación y del proceso (como la prisión preventiva o medidas sustitutiva). Son exepcionales, de interpretación y aplicación restrictiva y limitadas en el tiempo a lo necesario para el cumplimiento de la finalidad pretendida, según el caso.
Es un organismo que forma parte del Poder Judicial, con autonomía funcional. Se rige por una estructura jerárquica cuyo titular en el Procurador General y tiene como función principal la de dirigir la investigación de los delitos y ejercer la acción penal ante los Tribunales.
Utilización ilegal del dinero o bienes ajenos por parte de una persona que lo tenía para otros fines.
Profesional médico que realizan informes periciales y funciones de apoyo técnico a la labor judicial.
Personas que declaran ante un tribunal, que detentan laparticularidad de poseer conocimientos técnicos en una cienciau oficio determinado, los cuales les permiten emitir opiniones sobre materias de relevancia para la resolución de un hecho.
Sanción prevista por la ley para los delitos graves.
Es la apreciación de los hechos controvertidos en un proceso, por algunas personas expertas en alguna ciencia o arte.
Tiempo legal o contractual establecido, que debe transcurrir para que se produzca un efecto jurídico.
Instituto jurídico por el cual, el transcurso del tiempo establecido, permite la extinción de los derechos o la adquisición de bienes u objetos de terceros.
Dícese de todo aquello que sirve para corroborar la existencia de un hecho o la veracidad de una declaración.
Es la actuación que lleva adelante la víctima de un delito, instando ella por sí misma y con un abogado particular, la acción penal contra el imputado, participando activamente en todas las instancias del proceso.
Es la víctima que se ha constituido como tal en el proceso, ejerciendo la querella.
Es la sigla que corresponde al Servicio de Atención a la Víctima del Delito, organismo auxiliar del MPF que cuenta con oficinas en las principales ciudades de la Provincia. Se integra con profesionales especialmente preparados para brindar asesoramiento y apoyo a víctimas y testigos.
Declara que el imputado no tiene responsabilidad penal por el hecho que se le acusó, liberándolo de los cargos en su contra. Queda así absuelto.
Es la resolución judicial que determina que el imputado es responsable penalmente por el delito que se lo acusa. En el juicio de cesura se le impone una pena dentro de los mínimos y máximos previstos en el Código Penal Argentino.
El Servicio de Solución Alternativa de Conflictos es un organismo auxiliar del MPF. Se ocupa de gestionar los casos que les derivan los Fiscales en los que se considera plausible la aplicación de una salida conciliatoria.
Es una resolución judicial que finaliza el proceso penal sin expedirse sobre la culpabilidad o incocencia del imputado. Puede obedecer a diferentes razones técnicas previstas en el Código Penal Argentino o en la legislación procesal.
Persona que declara ante el tribunal sobre hechos que son relevantes para la resoluciondel asunto sometido a su decisión.
En los casos más graves, de acuerdo a lo previsto por el Código Procesal Penal, la audiencia de juicio es dirigida por tres jueces penales, que integran así el Tribunal de Juicio.
Cuando el culpable da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores y no realiza los actos de ejecución para cometer un delito, por causa o accidente que no sea su propio y voluntario desistimiento.
Es la que hace el Fiscal de la denuncia que recibe, ya sea en forma directa o remitida por la Policía. Luego de evaluar el contenido, las evidencias e indicios, se decide abrir una investigación, desestimar la denuncia por ausencia de delito, archivar la denuncia por imposibilidad de avanzar con la investigación o la aplicación de un criterio de oportunidad. También podría dar intervención al Servicio de Mediación del Poder Judicial o al Servicio de Solución Alternativa de Conflictos del Ministerio Público Fiscal.
Es la persona ofendida por un delito; es quien ha sufrido en su humanidad o en sus bienes los efectos de un delito. En el caso del homicidio, son víctimas los familiares directos de la persona fallecida.
Transcurso del plazo legal o convencional para el cumplimiento de una obligación o plazo procesal.
Hoy 1716
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