Luego de numerosas medidas realizadas por el equipo de género de la Fiscalía, el juez penal de la carpeta dictó una resolución judicial. Qué determinó: la incapacidad del imputado y, consecuentemente, el archivo de una causa penal -la Fiscalía quería continuar con el proceso- luego de que peritajes médicos confirmaran que el denunciado no posee las facultades mentales necesarias para comprender el proceso en su contra ni para responder por sus actos. A pedido de la Fiscalía, la resolución establece medidas de protección para las víctimas y para la sociedad, mientras toma intervención el juzgado de Familia de Trelew.
El denunciado reside en Trelew y realiza allí un tratamiento ambulatorio. Regularmente visita a su familia en Esquel y es en esta ciudad donde se producen situaciones violentas que fueron denunciadas por las personas afectadas.
Al tratarse de una persona inimputable —es decir, que no puede comprender la criminalidad de sus actos—, la ley establece que el juez puede ordenar el cese de la investigación criminal tradicional.
La búsqueda de la verdad sobre la salud del denunciado
Para llegar a esta conclusión, la Fiscalía llevó a cabo una serie de medidas que incluyeron la intervención del Cuerpo Interdisciplinario Forense. Los profesionales médicos dictaminaron que el hombre padece una enfermedad que causa el de la salud mental progresivo e irreversible.
Según explicaron los expertos en la audiencia, esta condición implica una pérdida de la capacidad cognitiva y de las facultades mentales que no tiene cura, lo que impide que el sujeto pueda enfrentar un juicio. Al confirmarse que no está en condiciones de comprender los actos del proceso judicial, el juez determinó que el camino penal quedaba clausurado según lo establece el Código Procesal.
Protección para las víctimas y la sociedad
Ante este escenario, y aunque la causa penal se cierre, la Fiscalía y el juez coincidieron en que el Estado no puede desentenderse de la situación. Por este motivo, la Fiscalía solicitó, y el juez ordenó, dar intervención inmediata al Ministerio de Seguridad y de Salud de la Provincia, para coordinar medidas de seguridad para la víctima y su entorno, y al Juzgado de Familia.
Este traspaso es fundamental para resguardar tanto a las personas afectadas por los hechos denunciados como a la sociedad en general. Finalmente será el Juzgado de Familia el encargado de evaluar si la situación de salud mental del hombre requiere medidas adicionales, como una posible internación involuntaria o ajustes en su tratamiento médico actual.
Lo que resolvió el juez
En su fallo, el magistrado dispuso los siguientes puntos principales:
- • Archivo de las actuaciones penales: Se cierra el caso en la justicia del crimen debido a la incapacidad irreversible del denunciado.
- • Intervención de la Justicia Civil: Se enviaron todas las actuaciones y peritajes al Juzgado de Familia de Trelew para que determine las medidas de protección de derechos y salud mental necesarias.
- • Mantenimiento de medidas de seguridad: Hasta que el Juzgado de Familia tome una decisión definitiva, el juez ordenó mantener todas las medidas de protección vigentes para las víctimas. Esto incluye notificar al Ministerio de Seguridad y a la Secretaría de Salud para garantizar que el denunciado siga bajo tratamiento y vigilancia en su residencia actual.
- • Protección a la víctima: Se dispuso que las autoridades de seguridad brinden una protección adicional a la denunciante para evitar cualquier situación de riesgo mientras se define el nuevo marco de cuidado del sujeto.

