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Comodoro Rivadavia

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Audiencia de Control de Detención y Formalización

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Otorgan prisión preventiva para imputado

En el día de la fecha se efectuó una audiencia de Control de Detención y Formalización de la Investigación para Cristian Marcelo Giménez en el caso que se investiga el homicidio de Andrés Argentino Lagos ocurrido la madrugada del 23 de marzo pasado en la calle Huergo al 2700 de nuestra ciudad. Al finalizar la misma el Juez Penal, Dr. Guillermo Müller dictó la Prisión Preventiva por el plazo de investigación para Giménez. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el Dr. Marcelo Cretton, Fiscal General y la defensa del imputado fue ejercida por el Dr. Francisco Miguel Romero, abogado de confianza del mismo. El delito que se le imputa a Giménez es el de homicidio agravado por el uso de arma en carácter de autor. Luego de haber sido notificado del hecho, el imputado prestó declaración dando su versión del mismo. Por su parte el Fiscal solicitó la Prisión Preventiva del imputado al sostener que existían elementos de convicción suficientes para tener a Giménez como autor del homicidio agravado por el uso de arma de fuego al obrar en el expediente pruebas testimoniales, e informe de autopsia que le brindó el médico forense que indicaba que el occiso había recibido dos disparos de armas de fuego uno en su muslo izquierdo y otro en la cabeza; también sostuvo que existe peligro de fuga atento a la característica del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento sería de cumplimiento efectivo con una pena mínima que parte de los ocho años de prisión la actitud que adoptó el imputado dado que luego de disparar en su pierna se acercó al Sr. Lagos y le efectuó un disparo en la cabeza que fue en definitiva el que le quitó la vida, señaló además que el imputado estuvo casi 72 horas prófugo después de acontecido el hecho y de que pesara sobre el mismo orden de detención, por último sostuvo el Fiscal que existía peligro de entorpecimiento dado que su libertad podía influir sobre los demás testigos que podían llegar a prestar testimonio en la causa para que se comporten de manera desleal o reticente. En contraposición la defensa del imputado sostuvo que tenía todas las intenciones de entregarse, que no tiene antecedentes penales y que la bala deformada que se encontró en el cerebro de la víctima podría ser consecuencia de un rebote ya que todavía faltan las pericias balísticas correspondientes. Ofreció como medida sustitutiva de la prisión preventiva, residir en el domicilio de su padrino, con prohibición de salidas nocturnas, presentarse una vez por semana en la Seccional Policial, abonar una fianza y subsidiariamente el arresto domiciliario del mismo. En su resolución el Juez Penal dio por formalizada la apertura de la investigación preparatoria y dio por garantizado el derecho a defensa del imputado. Sostuvo la gravedad del hecho y dio por acreditado el fallecimiento de Lagos como consecuencia del impacto de proyectiles de un arma de fuego. Indicó que de las declaraciones testimoniales se sindica a Giménez como el autor del hecho, que existen elementos que han generado dicha convicción y que las explicaciones que dio el imputado no resultaron satisfactorias. “El comportamiento adoptado ya que el mismo día se entera de la muerte sin embargo opta por especular” y “puede influir” sobre los testigos “para que abonen su posición que ya ha adelantado en esta audiencia” argumentó. Por ello decretó la prisión preventiva del imputado por el plazo de dos meses que deberá finalizar la investigación. El defensor planteó la reserva de revisar la resolución y consideró el plazo de investigación como muy excesivo

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