Comodoro Rivadavia

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Condenan al imputado a tres años de prisión de cumplimiento condicional

 

Juicio abreviado por abuso sexual simple

En la jornada del miércoles se llevó a adelante la audiencia de procedimiento abreviado por hechos contra la integridad sexual acontecidos en el mes de diciembre de 2013 y marzo de 2014, en perjuicio de una menor. En el acto el imputado admitió voluntariamente su participación en los hechos y aceptó la pena que se le impuso, tres años de prisión en suspenso más reglas de conducta. A. I. G. fue declarado penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple, dos hechos; en concurso real con abuso sexual simple, agravado por la guarda transitoria” en perjuicio de una menor. Finalmente el juez penal homologó el acuerdo en base a la calificación legal escogida, imponiéndole al condenado la pena de tres años de prisión condicional, más el estricto cumplimiento de reglas de conducta.

La audiencia de juicio abreviado fue presidida por Mariano Nicosia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal actuó Martín Cárcamo, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor público.

Martin_Carcamo

Los hechos atribuidos se consumaron en el interior de la vivienda de un familiar de la víctima, y en circunstancias que el imputado trasladaba a la menor víctima en un automóvil, aprovechando las circunstancias que estaba solo con la víctima.

Esta clase de delito en contra de la integridad sexual sucede cuando la víctima es sometida a contactos sexuales, manoseos o tocamientos en zonas íntimas con fines sexuales. Este tipo de contacto sexual se produce en situaciones en las que, o bien el consentimiento no está dado porque el hecho fue realizado mediante violencia, amenaza o abuso de poder, o bien no puede ser dado porque se cometió contra un niño o una niña que tiene menos de 13 años.

Así el juez penal homologó el acuerdo en base a la calificación legal escogida, “abuso sexual simple, dos hechos; en concurso real con abuso sexual simple, agravado por la guarda transitoria”, imponiéndole al condenado la pena de tres años de prisión condicional, más el estricto cumplimiento de reglas de conducta  consistentes en fijar residencia, presentarse periódicamente ante el Cuerpo de Delegados de Control y prohibición del consumo de alcohol y estupefacientes. Asimismo deberá someterse a un tratamiento psicológico y no podrá tener contacto ni acercarse a la menor víctima.

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