Comodoro Rivadavia

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Condenan por unanimidad a prisión perpetua a Atanacio Pardo

Veredicto de pena en juicio por el femicidio de Daniela Fernández Quelca

El mediodía del presente miércoles el tribunal colegiado integrado por los jueces Mónica García, Raquel Tassello y Jorge Odorisio luego de deliberar dio a conocer su veredicto en cuanto a la pena que le corresponde al condenado Eduardo Atanacio Pardo en relación a que fuera declarado anteriormente “autor” penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el vínculo y por femicidio” en perjuicio de Daniela Fernández Quelca.

El Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Atanacio Pardo fue ejercida por Daniel López.

Los jueces recordaron que la fiscal solicitó la pena de prisión perpetua en tanto que el Legislador no autoriza en estos casos a analizar agravantes y atenuantes. Esto es la imposibilidad de graduación de la pena. Sin perjuicio de ello mencionó como atenuantes la edad, las costumbres, el nivel sociocultural en función de su nacionalidad y la ausencia de antecedentes penales de Atanacio Pardo. Como agravantes el vínculo entre ambos, la dominancia, la gravedad y la violencia, la premeditación para llevarla a un lugar oscuro. El daño causado a sus hijas.

La defensa ponderó las cuestiones atenuantes enumeradas por el Ministerio Público Fiscal.

La discusión no ha tenido controversia. En este casos se discute una pena indivisible y no se discute la inconstitucionalidad de la prisión perpetua. Tampoco se han invocado circunstancias extraordinarias de atenuación de la pena. Corresponde por unanimidad aplicar la pena de prisión perpetua en orden al delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por femicidio. Condenando a Eduardo Atanacio Pardo a la pena de prisión perpetua por haber sido declarado penalmente responsable de homicidio doblemente agravado por ser cometido contra una persona con la que se tuvo una relación de pareja, y por haber sido cometido por un hombre, en contra de una mujer, mediando violencia de género”. Por el hecho ocurrido el 19 de junio de 2019 en perjuicio de Daniela Fernández Quelca. Manteniendo finalmente la prisión preventiva que cumple Atanacio Pardo por seis meses o hasta que la sentencia quede firme.

El femicidio de Daniela Fernández Quelca:

El ilícito contra la vida ventilado en el debate, da inicio en momentos en que la víctima Daniela Fernández Quelca mantuvo una relación de pareja con el imputado Eduardo Atanacio Pardo desde principios de 2016, cuando ambos vinieron desde Bolivia a Comodoro. Esta relación fue signada por agresiones físicas y psicológicas de Atanacio Pardo hacia Fernández Quelca, las que se tornaban cada vez más graves hasta que Fernández Quelca le pide que se retire del domicilio. Esta decisión no fue aceptada por Atanacio Pardo quién continuó hostigando a Fernández Quelca con intenciones de impedir que rehaga su vida.

Así en horas de la noche del 19 de junio de 2019, encontrándose ambos en el inquilinato de la calle Código 765, al 1700 del barrio Moure, donde residían en departamentos separados, Fernández Quelca y Atanacio Pardo comenzaron una nueva discusión. Ambos se retiran del lugar dejando a las hijas en el departamento de Fernández Quelca y en el transcurso de las 23.00 hs. de ese día y las 8.00 hs. del 20 de junio se dirigieron hacia la calle Ricardo Torá a la altura catastral del 2000, donde Atanacio Pardo tomó un bloque, y con claras intenciones de darle muerte, le asestó un golpe en la cabeza, causando la muerte de Fernández Quelca por traumatismo encéfalo craneano.

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