Audiencia de revisión por robo doblemente agravado
Por los hechos acontecidos el pasado 28 de febrero del presente año el mediodía del miércoles se desarrolló en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia, solicitada por el fiscal, de revisión a Micaela Riofrío. El fiscal requirió se modifique la decisión de la audiencia anterior y se le imponga a la imputada la prisión preventiva; en tanto que la defensa que se confirme la resolución de la jueza Tassello y que continúe la imputada con las medidas sustitutivas impuestas.
El tribunal de revisión estuvo compuesto por Gladys Olavarría y Alejandro Soñis, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Héctor Iturrioz, fiscal general; en tanto que la defensa de la imputada fue ejercida por Lucía Pettinari y Esteban Mantecón, defensores públicos.
Iturrioz solicitó al tribunal de revisión que deje sin efecto la resolución de la jueza Tassello dictada el pasado martes en audiencia de control. Se refirió a los hechos investigados. El primero de ellos cuando siendo aproximadamente las 8.20 hs. Barrientos y Martínez llegan a una vivienda particular sobe la calle La razón, a bordo de un auto conducido por Micaela Riofrío. Barrientos y Martínez ingresan al domicilio, ambos portando armas de fuego exigiendo la entrega de dinero y elementos de valor. El dueño recibe un culatazo en la cabeza, se apoderan de diversos elementos y se dan a la fuga.
El segundo hecho investigado tuvo lugar el mismo día, aproximadamente a las 9.30 hs. en la fracción 15, lote 8, del barrio Los bretes, Barrientos y Martínez ingresan a otro domicilio particular, ambos portando armas de fuego, exigiendo dineros y objetos de valor. Se apoderan de dos celulares y dinero en efectivo y se dan la fuga en una camioneta, que luego abandonan y abordan un Ford Focus conducido por Micaela Riofrío.
Calificando provisoriamente los mismos como “robo doblemente agravado, por ser cometido por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede ser acreditada, en poblado y en banda, dos hechos en concurso real”, en calidad de coautora para Riofrío.
El fiscal solicitó se revoque la medida sustitutiva y se dicte la prisión preventiva de Riofrío por el término de dos meses y 12 días, en base a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerla como probable coautora del hecho. También en base a la gravedad de los hechos y la violencia de los mismos. “Las medidas morigeradas dictadas son insuficientes apara cautelar la causa. Recordando que la imputada por 19 días se sustrajo de la justicia y se emitió un pedido de captura en su contra.
En contraposición la defensora sostuvo que “no se ha salvaguardado si fue arbitraria o ilegal la decisión de la jueza Tassello para dejarla sin efecto”. No se da el peligro de fuga que referencia el fiscal, su pupila tiene solo 19 años y no posee antecedentes penales, adujo. L apena mínima para el delito sería de tres años de prisión, es decir de cumplimiento en suspenso. Ella no tuvo dominio total de los hechos adentro de los domicilios, es decir no se configuraría la banda. Pettinari argumentó también que no se configura el peligro de fuga ya que al enterarse por los medios que pesaba sobre ella un pedido de captura, se presentó voluntariamente en la Seccional 2°. Allí le manifiestan que no pesaba pedido de captura en su contra. La resolución de Tassello fue clara y la expectativa de pena no puede ser el único requisito para dictar una medida de coerción. Por todo ello solicitó al tribunal se confirme la resolución de medidas sustitutivas para Riofrío.
Finalmente el tribunal resolvió por unanimidad confirmar en todos sus términos la resolución dictada por la jueza Tassello el día martes pasado respecto de la coimputada Riofrío. Calificando la misma como ajustada a derecho y con fundamentos acabados. El peligro de fuga se ve debilitado con las medidas cautelares adoptadas.
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