Comodoro Rivadavia

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Confirman prisión preventiva a condenado (audios)

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Audiencia de revisión de la prisión preventiva de Fabián Andrés Barría Así lo resolvió el tribunal de revisión luego de la audiencia celebrada el pasado miércoles en sede de los tribunales penales ordinarios del barrio Roca. La medida se dispuso ya que obligatoriamente se debe revisar la detención de las personas privadas de su libertad cada seis meses en tanto la sentencia quede firme. Barría fue condenado por el hecho ocurrido el pasado 20 de marzo de 2009 en horas del mediodía en el barrio Pietrobelli de nuestra ciudad, que le costara la vida a Carlos Hernández y que epilogó en la condena de Fabián (Pity) Barría a la pena de 10 años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo. [caption id="attachment_13760" align="alignnone" width="582" caption="Público, funcionaria y tribunal"][/caption] El tribunal de revisión fue integrado por Guillermo Müller y Mariano Nicosia, el Ministerio Público Fiscal por Camila Banfi, funcionaria de fiscalía en tanto que la defensa de Barría estuvo a cargo de Juan Carlos Zeni, abogado particular del imputado. La funcionaria de fiscalía solicitó al tribunal mantenga la prisión preventiva que viene cumpliendo el condenado basando su solicitud en los elementos de convicción suficientes existentes para tener a Barría como autor del hecho que se le endilga. Seguidamente fundamentó su solicitud en el peligro procesal de fuga ya que el imputado tiene sobre sus espaldas una sentencia condenatoria, confirmada en segunda instancia, la Cámara del Crimen de la ciudad del petróleo, entendiendo con esto el doble conforme. Considerando que la libertad de Barría podría burlar la aplicación de la ley. [caption id="attachment_13762" align="alignnone" width="749" caption="Defensor, imputado y familiares presentes"][/caption] Por su parte la defensa de Barría rechazó la existencia del peligro de fuga, solicitando como medida sustitutiva a ésta, por arresto domiciliario. Criticó la ineficacia de la prisión preventiva y se negó a creer que la única medida a aplicar sea la privación de libertad mencionando las falencias del sistema carcelario que mezcla condenados con imputados. Luego declaró el imputado sobre los dos años y cinco meses que viene cumpliendo detenido. Luego de un cuarto intermedio el tribunal resolvió por unanimidad que se mantenían vigentes los presupuestos objetivos para mantener privado de su libertad a Barría. Si bien la sentencia no se encuentra firme, Barría está condenado en primera y segunda instancia a la pena de diez años y ocho meses de prisión como autor responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. La sentencia da fundamentos "sólidos de la participación de la persona en un hecho delictivo", sosteniendo que la gravedad del hecho endilgado, sumado a la pena impuesta, configuran que el peligro de fuga se encuentre latente. El hecho juzgado aconteció el pasado 20 de marzo de 2009, a las 13.30 hs., cuando Barría "se aproxima conduciendo un Escort gris por calle Alem, casi Alvear y efectúa un disparo de arma de fuego contra Hernández que caminaba junto con dos personas”. El imputado huye del lugar y el herido es trasladado al Hospital Regional con una hemorragia aguda que le produciría la muerte. Audios editados: audiencia revisión Pity Barría, Tribunal, Funcionaria y defensor, Resolución revisión Pity Barría [caption id="attachment_13764" align="alignleft" width="300" caption="Barría y familiares"][/caption]

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