Comodoro Rivadavia

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Declaran legal la detención y otorgan medidas sustitutivas a imputados

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Audiencia de control de detención por infracción a la ley de propiedad intelectual Se realizó en la sala de audiencias de la Oficina Judicial el acto en el cual se controló la legalidad de la detención de los imputados, Alexis Javier Arancibia y Ariel Eduardo Mastrolet, en relación al hecho acontecido el martes 8 del corriente cuando los imputados son detenidos por la autoridad prevencional. Al finalizar el acto el Juez Penal declaró legal la detención de ambos imputados y otorgó la libertad de los mismos al sustituir la medida de prisión preventiva por la de presentarse dos días en sede del Ministerio Público Fiscal. Presidió el acto el Dr. Hugo Juárez, Juez Penal, el Ministerio Público Fiscal fue representado por la Dra. Graciela Ceccardi y la defensa de los imputados estuvo a cargo de la Dra. Viviana Barillari, Defensora Pública. Luego de la presentación de las partes la Funcionaria de Fiscalía solicitó al Juez se declare legal la detención de ambos imputados ya que fue realizada en flagrancia, cuando personal de la seccional 7° que se encontraba realizando tareas de prevención se encuentran con ellos en la intersección de las calles Los Perales y La Pinta en posesión de gran cantidad de Cd’s y DVD’s. Respecto de la situación de privación de la libertad y en virtud que los imputados al dar sus datos personales hicieron referencia a que se encontraban de paso por esta ciudad; y en virtud del peligro de entorpecimiento de la investigación se les otorgue una medida sustitutiva de presentarse mañana y pasado ante la Oficina Judicial. A la vez solicitó la permanencia de los imputados en esta ciudad “hasta la constatación del domicilio que han dado” ya que ambos dijeron residir en Ciudad Evita, Buenos Aires. Finalmente solicitó al Juez la realización de una allanamiento en un hospedaje céntrico donde se alojan ambos con el objeto de secuestrar equipos de grabación de CD’s y DVD’s. No formalizando la causa en contra de los imputados ya que antes de ello es necesario realizar una pericia para determinar la competencia del caso. El Juez entendió que la solicitud de allanamiento debía ser ingresada por mesa de entradas de la Oficina Judicial y en consecuencia no hizo lugar al mismo. Ante ello y en virtud del peligro de entorpecimiento la Dra. Ceccardi solicitó la prisión preventiva de ambos hasta tanto se sustancie la medida. Por su parte la defensa se opuso a la solicitud de la continuación de la prisión preventiva ya que es una medida excepcional. Negando la existencia del peligro de fuga ya que sus pupilos dieron un domicilio en Buenos Aires, otro donde se hospedan en Comodoro y que “la competencia” de la causa y el retraso en el allanamiento “no se les puede imputar a sus defendidos”. Solicitando su libertad y subsidiariamente se les aplique una medida sustitutiva de presentarse regularmente ante la autoridad que se designe. Finalmente el Juez consideró razonable y procedente exigirles a los imputados reglas de conducta, como la de presentarse jueves y viernes en sede del Ministerio Público Fiscal, aclarando que el incumplimiento de dicha obligación generará la declaración de rebeldía y captura de los mismos. Declarando legal la detención de los imputados y no haciendo lugar a la solicitud de allanamiento realizada en forma oral por la Funcionaria de Fiscalía entendiendo que el trámite debía ser realizado por escrito ante la mesa de entradas de la Oficina Judicial

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