Comodoro Rivadavia

Comodoro Rivadavia

Declaran por unanimidad penalmente responsable a Díaz por el hecho

Fallo en juicio por el homicidio de Bataglia en la zona del Faro San Jorge

La tarde del presente martes el tribunal integrado por los jueces Tassello, Nicosia y Tedesco declaró al acusado José Díaz penalmente responsable del homicidio de Alejandro Bataglia acontecido el pasado 11 de enero de 2021 en la zona del Faro San Jorge. El próximo lunes 13 de marzo de 2023 a las 13.00 hs. la audiencia de cesura o imposición de pena.

El tribunal colegiado de debate estuvo presidido por Raquel Tassello e integrado por Mariano Nicosia y Ariel Tedesco, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cristian Olazabal, fiscal general y Fabiola López, funcionaria de fiscalía. La defensa del imputado Díaz por su parte fue ejercida por Francisco Miguel Romero y Alicia Aguila, defensores particulares del mismo. Asimismo, se encontraban presentes en la sala familiares de la víctima acompañados por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito de fiscalía.

En relación a la materialidad y autoría del hecho la misma no fue controvertida por las partes quedando probado que el pasado 11 de enero de 2021, alrededor de las 11.30 hs., el acusado José Díaz munido de un arma blanca concurrió al domicilio de la víctima Bataglia y le quitó la vida mediante una estocada que le provocó un shock hipovolémico irreversible. La víctima se hallaba acompañado de su hijo. La muerte violenta de Bataglia se encuentra probada con el certificado de defunción, el Informe de autopsia a cargo de la médica forense Eliana Bévolo en cuanto concluyó que Bataglia fallece por shock hipovolémico irreversible por herida de arma blanca en tórax. En cuanto a las circunstancias en cómo sucedieron los hechos quedó probado que el 11 de enero de 2021 a las 11 hs. la vivienda de Bataglia se encontraba sin luz. Bataglia se dispuso a reparar dicho desperfecto. Se aproxima hasta el lugar el acusado vecino José Díaz se aproxima a la víctima y lo insulta. Bataglia toma un elemento y le dice vecino váyase, entonces Díaz le contesta no vine a pegarte, vine a limpiarte. Luego le asesta una puntada profunda. Luego el agresor se retira a su casa. Díaz asimismo admite haber sido el autor de la puñalada que acabó con la vida de Bataglia. En consecuencia, el tribunal dio por probada tanto la materialidad como la autoría del hecho en cabeza del acusado.

En cuanto a la calificación jurídica el fiscal propuso la de homicidio simple en calidad de autor para Díaz, en tanto que la defensa propuso la de homicidio con exceso en la legítima defensa propia y subsidiariamente como legítima defensa putativa. El defensor sostuvo que su pupilo estaba inmerso en una situación en la que peligraba su vida y que existió un exceso en la legítima defensa por la desproporción en el medio empleado. Respecto de la agresión ilegítima de la víctima, la valoración de la prueba arroja que se trata de un requisito ausente en el caso, ha quedado afuera de toda discusión que dicho día del hecho Bataglia se encontraba reparando la luz y Díaz se acerca al domicilio de Bataglia. Se produce una discusión y la víctima lo disuade. La versión de la defensa es contraria al sentido de la lógica o al sentido común. La falta de provocación suficiente tampoco se verifica en el caso. Por tal razón el tribunal entendió que, al no configurarse la legítima defensa, no es legalmente posible considerar que Díaz pueda excederse en un estado en el que nunca estuvo.

En consecuencia, toma éxito la teoría del caso fiscal y corresponde responsabilizar penalmente a José Raúl Díaz por el delito de homicidio simple en carácter de autor. Resolviendo por unanimidad declarar autor penalmente responsable al acusado Díaz del delito de homicidio simple.

NOtas relacionadas: click aquí

Nuestras Visitas

  Hoy 7776

  Ayer 9668

  Esta semana 58844

  Este mes 185173

  Total histórico 22258965

©2024 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.