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Comodoro Rivadavia

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El próximo viernes 16 de febrero se dará a conocer el veredicto de Cámara

Impugnación de sentencia en caso de abuso sexual agravado intrafamiliar

La mañana del presente miércoles se llevó a cabo en la sala de la Cámara en lo Penal local la audiencia de impugnación ordinaria, solicitada por la defensa de P.S.B. condenado en primera instancia por un tribunal popular de jurados. El defensor solicitó “la absolución” de su asistido y subsidiariamente se lo condene por “dos hechos de abuso sexual simple”; en contraposición la fiscal y la asesora de menores “no se haga lugar a la impugnación de la defensa” y se confirme la sentencia condenatoria en contra de P.S.B. a 9 años de prisión. Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y el próximo viernes 16 de febrero, a las 12.00 hs., dará a conocer su veredicto.

La Cámara en lo Penal fue presidida por Mónica García, e integrada por Martín Montenovo y Daniel Pintos, jueces penales de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general y asimismo la menor víctima fue co-representada por la Asesora de Menores, Nadia Castillo. Por su parte el imputado fue asistido por Sergio Romero, defensor particular del mismo. También se encontraba presente en la sala la madre de la víctima, asistida por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).

En un primer momento el defensor impugnó la sentencia condenatoria en contra de su asistido por parte del jurado, que lo encontró culpable de dos hechos de abuso sexual, por la decisión del jurado “infundada y arbitraria”. Dicho veredicto a su entender “fue contrario al derecho y a la prueba”. La defensa planteó en el debate una teoría negativa y otra positiva del caso, y ésta última no fue tenida en cuenta por el jurado. También el defensor planteó que en los 30 minutos que se le dio para los alegatos no pudo ser escuchada la teoría positiva de su caso, sobre la imposibilidad de los hechos. “La secuencia fáctica del acusador no fue tal como es”, agregó el defensor. Como también que “la pericia genética se realizó sobre prendas secuestradas en un procedimiento mal hecho”, del que se solicitó su nulidad en la audiencia preliminar. Solicitando por todo ello “la absolución de su defendido y subsidiariamente se lo condene por dos hechos de abuso sexual simple”.

En contraposición la fiscal solicitó se rechace la impugnación del defensor y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria a 9 años de prisión en contra de P.S.B.. Que el jurado no ha valorado la teoría positiva del caso de la defensa, no lo sabemos, en todo caso se inclinó por la teoría de la fiscalía. Puede que el tribunal la haya valorado y la desechó, concluyó la fiscal. En cuanto al escaso tempo de alegatos, se le dio el mismo tiempo a la defensa que a la fiscalía para alegar. Además, agregó que las cuestiones de derecho se deben debatir en la audiencia preliminar y esto aquí no ha pasado, esta nulidad planteada por la defensa no se planteó en la audiencia preliminar, es decir que no hay agravio. Estos secuestros estaban incluidos en las convenciones probatorias, continuó la fiscal Blanco. Es decir que el secuestro mencionado por el defensor no es nulo, en todo caso tendrá un menor valor. La víctima en su relato refiere hechos de abuso sexual por parte del imputado en su contra, el testimonio de la víctima en Cámara Gesell es prueba, concluyó la fiscal.

Port su parte la Asesora de Menores adhirió a todo lo expresado por la fiscal y solicitó no se haga lugar a la impugnación de la defensa y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria en su contra.

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