Comodoro Rivadavia

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Formalizan y dictan excepcionalmente preventiva al menor imputado

Audiencia de control de detención por el homicidio de José Cristian Delgado

Por el homicidio de José Cristian Delgado acontecido el pasado 19 de junio se concretó la audiencia de control de detención y formalización que tiene como imputado al menor J. R.. El fiscal solicitó se declare legal su detención, se le formalice el hecho en su contra bajo la calificación de homicidio simple, y se dicte su prisión preventiva en el COSE. La defensa por su parte no objetó la detención, ni la formalización pero solicitó su arresto domiciliario y subsidiariamente su detención pero por 10 días y en una dependencia de ésta ciudad.

Presidió la audiencia Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa del menor imputado fue ejercida por María Cristina Sadino, defensora pública; y Andrea Mac Garva, defensora de menores.

El fiscal en un primer momento solicitó se formalice el hecho acontecido aproximadamente a las 22:54 del pasado 19 de junio, cuando la víctima Delgado se encontraba en la vía pública, intentando ingresar a un domicilio de la calle Ignacio Rucci, del barrio La Floresta de nuestra ciudad, portando un cuchillo de grandes dimensiones. El menor imputado sale de la casa de enfrente y le exige a gritos que se retire del lugar. Se produce una discusión y el menor J.R. extrae un elemento cortante y le asestó una puñalada en la zona del tórax a la víctima. Éste se dirige a su domicilio, momento en que el menor toma un escombro y se lo arroja a Delgado. Calificando provisoriamente el mismo como “homicidio simple” en calidad de autor para el menor J.R..

Seguidamente el fiscal Cabral solicitó se declare legal la detención del menor ya que ayer se entregó con su madre en la Brigada de investigaciones, cuando pesaba sobre él una Orden de Detención emanada por autoridad competente.

La defensa por su parte no cuestionó la formalización del hecho ya que se dan los requisitos formales para ello. Sobre la legalidad  de la detención dijo que se debe tener en cuenta so voluntad de someterse al proceso.

El fiscal no coincidió con lo expresado por la defensora, si hubiera voluntad de someterse al proceso debe entregarse inmediatamente. El joven ya se ha visto involucrado con la Justicia Penal, tiene tres legajos por incendio, homicidio en grado de tentativa y lesiones con arma. Es un menor que necesita incorporar valores y reglas. Ha ido en escalada y terminó en este hecho gravísimo. Existen elementos de convicción para tener al menor como probable autor del hecho, aseguró el fiscal. También se dan los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga por las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento. Peligro de entorpecimiento ya que el imputado vive en frente de los testigos y de la madre de la víctima. Solicitando por todo esto la prisión preventiva del menor J.R. por 3 meses en el COSE.

La defensa argumentó el principio de inocencia que rige en este estado del proceso y a que “es un hecho sumamente confuso, la víctima también blandía un arma” blanca. Refiriéndose también a las garantías que tiene el menor y a que también se podría calificar el hecho como “legítima defensa”. Recordando que la víctima Delgado también agredió a su madre, momentos previos al hecho. A su entender la prisión preventiva “sería desproporcionada”. Solicitando su arresto domiciliario y subsidiariamente su detención, pero por 10 días y en ésta ciudad. En igual sentido la defensora de menores se refirió a que hoy el menor tenía una entrevista con una psiquiatra por problemas de consumo y que se estaba evaluando su ingreso a una comunidad terapéutica.

Finalmente el juez penal consideró que existen evidencias que lo tienen al joven como probable autor de un hecho grave. Formalizando el hecho relatado por el fiscal bajo la calificación jurídica de homicidio simple, dándolo por anoticiado del mismo y por asegurada su defensa técnica. No ha internalizado la Norma y existen peligros procesales de fuga y entorpecimiento. Teniendo en cuanta la edad del joven y su problemática de adicción, entendió que debe cautelarse excepcionalmente el proceso, por lo cual ordenó su alojamiento en una dependencia policial local, donde pueda estar aislado de la población carcelaria hasta el próximo lunes. Exhortando al área de Psiquiatría de Salud Mental del Hospital para terminar con el proceso de admisión en una comunidad terapéutica. Dictando su prisión preventiva por el término de un mes.

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