Comodoro Rivadavia

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Formalizan y dictan la prisión preventiva a imputada Paola Miranda

Control y apertura por el homicidio de Matías Paillaman

La mañana del presente sábado se concretó la audiencia de control y apertura por un hecho acontecido el pasado 21 de junio, que tiene como imputada a Paola Miranda y como víctima a Matías Paillaman. Los representantes de fiscalía solicitaron se declare legal la detención de Miranda, se le formalice el hecho en base a la calificación provisoria de “homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”; y se dicte su prisión preventiva. En contraposición el defensor solicitó su libertad con presentaciones semanales ante la autoridad judicial y prohibición de contacto con testigos. Finalmente, el juez resolvió declarar legal la detención de la imputada, dar por formalizado el hecho en su contra y dictó su prisión preventiva por 4 meses.

Presidió la audiencia Jorge Odorisio, juez penal subrogante; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cristian Olazabal, fiscal general y Eve Ponce, funcionaria de fiscalía; por su parte la defensa de Miranda fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular de la misma.

El hecho a investigar acontece el pasado 21 de junio de 2022, cuando la imputada Miranda y Paillaman se encontraban en su domicilio cito en calle Huergo al 4.500 del barrio Máximo Abásolo de esta ciudad. En dichas circunstancias Miranda tomó un arma blanca y con claras intenciones de darle muerte lesionó a Paillaman en la zona del tercio inferior de hemitórax anterior izquierdo, causándole de esta forma una lesión vascular. Seguidamente Paillaman se retira del lugar en busca de ayuda, intentando subir a un camión, pero no lo logra, por lo que arriba a la Seccional Séptima donde personal policial le proporciona ayuda. Luego Paillaman fue trasladado al Hospital donde fue intervenido quirúrgicamente falleciendo a causa de un pario cardio-respiratorio. Calificando provisoriamente el mismo como “homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación” en calidad de autora para Miranda.

Seguidamente los representantes de fiscalía solicitaron se mantenga la prisión preventiva por seis meses que cumple Miranda en base a los elementos de convicción para tenerla como probable autora del hecho investigado, y de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga ya que la pena en espera será de efectivo cumplimiento y por la conducta de la imputada luego del hecho, de huir a San Nicolás, Provincia de Buenos Aires.

A continuación la defensa se opuso al dictado de la prisión preventiva, argumentando que en el caso existió violencia de género, cuando Paillaman estaba violento la agredía, hay causas extraordinarias de atenuación. No existe peligro de entorpecimiento ya que el mismo es abstracto y el peligro de fuga se puede salvar con su libertad con presentaciones semanales ante la autoridad judicial, prohibición de contacto y acercamiento con los testigos y permiso para salir de la ciudad. No oponiéndose a la apertura de investigación del caso.

Finalmente el juez penal resolvió declarar legal la detención de Miranda, ya que la misma se produce por orden de un juez penal competente. Formalizando el hecho en base al delito de “homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”, dándola por anoticiada del mismo y por asegurada su defensa técnica. Dictando finalmente su prisión preventiva en base a los elementos de convicción existentes y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento. Descartando la violencia de género ya que la pareja estaba atravesada por una violencia conyugal cruzada.

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