Comodoro Rivadavia

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Homologan acuerdo en tres años de prisión efectivos

Juicio abreviado por violencia familiar

La mañana del presente lunes se concretó en los tribunales penales la presentación de un acuerdo abreviado en relación a dos Legajos de investigación por violencia de género que tienen como imputado a Juan Domingo Cretton. El imputado, asesorado por sus defensores, admitió voluntariamente todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar y su autoría en los hechos traídos a proceso. La fiscal realizó un relato de los mismos, calificándolos jurídicamente como: “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género (dos hechos); amenazas coactivas, amenazas agravadas por el uso de arma y dos hechos de desobediencia judicial, todo en concurso real” en calidad de “autor” para Cretton y solicitó se homologue el acuerdo. Asimismo, la defensa también solicitó se homologue el mismo, que se de tratamiento psiquiátrico a su pupilo y que sea trasladado a Esquel. Finalmente, el juez penal resolvió homologar el presente acuerdo condenando a Juan Domingo Cretton a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo. En cuanto a la pena incluida en el abreviado, de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, la cual se amerita como adecuada en su monto atendiendo a la naturaleza y características de los hechos, como también por los antecedentes del encartado.

La presente audiencia fue presidida por Ariel Tedesco, juez penal; el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Verona Dagotto, fiscal general; en tanto que la defensa de Cretton fue ejercida por Paula Díaz y Wilton Delgado, abogados particulares del mismo.

Finalmente, el juez penal resolvió homologar el presente acuerdo abreviado encontrando el mismo como serio y razonable. De acuerdo a la prueba enumerada por la fiscal, dando por acreditado los hechos traídos a proceso calificados como “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género (dos hechos); amenazas coactivas, amenazas agravadas por el uso de arma y dos hechos de desobediencia judicial, todo en concurso real”. Agregando el juez que el imputado se encuentra con plenas facultades de dirigir sus acciones y comprender el presente acuerdo. Prorrogando la prisión preventiva que viene cumpliendo Cretton hasta que la presente sentencia quede firme y ordenando por último su traslado a la ciudad de Esquel.

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