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Comodoro Rivadavia

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Juicio oral por lesiones leves agravadas, desobediencia y amenazas en contexto de violencia familiar

La mañana del presente martes comenzó en sede de los tribunales penales el debate por lesiones leves agravadas, desobediencia y amenazas en contexto de violencia familiar que tiene como imputado a Emanuel Caruso. En la jornada se escucharon los alegatos iniciales de las partes y también la declaración del imputado y de la víctima.

El debate fue presidido por Martín Cosmaro, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Banco, fiscal general; en tanto que la defensa de Caruso fue ejercida por Ariel Quiroga, abogado de la Defensa Pública. Asimismo la víctima fue acompañada por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima dle Delito de fiscalía.

En su alegato inicial la fiscal sostuvo que estamos ante un claro caso de violencia de género, con dos carpetas acumuladas, con una sucesión de ampliaciones del objeto procesal por cuatro hechos. Una relación de pareja disfuncional entre víctima e imputado con una escalada de violencia, se acreditará la materialidad de los hechos y su autoría por parte de Caruso, también el contexto de violencia de género en el que se producen. El primer hecho data del mes de octubre de 2019 cuando el imputado concurre al domicilio de su ex pareja y le arroja piedras al techo desobedeciendo una prohibición de acercamiento dictada por una Jueza de Familia. El segundo hecho cuando la víctima transitaba a bordo de un vehículo, conducido por Caruso, éste la empieza a insultar y a decirle que descienda del vehículo, aplicándole golpes de puño a la víctima que le provocó lesiones leves. Cuando un testigo se acerca Caruso le refiere a la víctima “mira lo que te hiciste, vamos al Hospital”. El tercer hecho acontece en abril de 2020 cunado Caruso vulnerando una prohibición de acercamiento y contacto dictada por una jueza penal, hizo una llamada al celular del hijo de la víctima, que era utilizado por ambos, y cuando la víctima atiende es amenazada de muerte por Caruso. Éste expresa celos y asimismo “te voy a cortar en pedacitos, te voy a enterrar en el campo y nadie te va a encontrar”. El cuarto hecho se produce cuando Caruso pasa frente al domicilio de su ex pareja, vulnerando nuevamente una prohibición de acercamiento dictada por una jueza penal. Estos hechos fueron calificados legalmente como “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, desobediencia a la autoridad, tres hechos, dos de ellos en concurso ideal con amenazas simples, todos ellos en concurso real”, en calidad de autor para Caruso.

Por su parte el defensor expresó en su alegato inicial que la propuesta de la defensa transitará por un camino distinto. Para poder comprender esta historia conflictiva que comienza en 2014 de manera completa. En el debate quedará claro que esta dinámica conflictiva estuvo signada por el consumo de drogas. Es una historia con aristas dificultosas, aseguró el defensor. Adelantando que “algunos hechos quedarán probados y otros no”.

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