Comodoro Rivadavia

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Mantienen la medida de coerción de Solis y Kesen hasta la audiencia preliminar

 

Audiencia de revisión por el homicidio de Domingo Expósito Moreno

Por el suceso acontecido el pasado 25 de junio de 2014, en el barrio 13 de diciembre en el cual perdiera trágicamente la vida el ciudadano español Domingo Expósito Moreno se llevó a cabo el mediodía del viernes la audiencia de revisión de medida de coerción. Desde la fiscalía se solicitó se mantenga el arresto domiciliario de Nadia Kesen, como también la prisión preventiva que cumple Sergio Solis. En contraposición las defensa de la primera solicitó su libertad con detención nocturna en su domicilio; en tanto que la de Solis su arresto domiciliario por igualdad procesal con la coimputada.

El acto fue presidido por Raquel Tassello, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Héctor Iturrioz, fiscal general y Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía; la querella en representación de Carolina Gaya y los padres de la Víctima fue ejercida por Sergio Romero. La defensa de Kesen fue ejercida por Guillermo Iglesias y la de Solis por Lucía Pettinari, abogado particular y defensora pública respectivamente. También se hizo presente una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

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La funcionaria de fiscalía solicitó se mantenga la prisión preventiva de Solis y la detención domiciliaria de Kesen por un mes en base a los elementos de convicción suficientes que existen como para tenerlos como probables autores del hecho que se investiga. “Ayer se presentó la acusación” en la cual Solis fue imputado por “homicidio doblemente agravado, por el uso de arma de fuego y por alevosía”, en calidad de autor material e intelectual. En tanto que para Kesen la calificación legal es de “Homicidio agravado por ser cometido contra su pareja”, en calidad de autora intelectual. Respecto de Solis la funcionaria sostuvo que las evidencias han aumentado y respecto a su participación ha variado de autor intelectual a “material e intelectual”. Mencionando la existencia del peligro procesal de fuga por las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento.

Con respecto a Nadia Kesen sostuvo que ha cumplido su arresto domiciliario, pero que también existe peligro de fuga por las características graves del hecho y la pena que en expectativa, prisión perpetua. Requiriendo se mantenga su arresto domiciliario por un mes o hasta la audiencia preliminar, lo que ocurra primero.

La querella pidió el mantenimiento de la medida de coerción para Solis, por un mes o hasta la audiencia preliminar; en tanto que para Kesen se mantenga su arresto domiciliario por igual plazo.

El defensor de Kesen dijo coincidir con los acusadores en lo solicitado, pero requiriendo su libertad con restricciones como obligaciones de presentarse ante la Oficina Judicial, prohibición de alejarse de la ciudad y prisión domiciliaria nocturna. Su pupila ha cumplido con sus obligaciones. La discusión sobre su participación estará en el juicio oral, aseguró Iglesias. No se va a colocar en fuga ni va a entorpecer la investigación. Subsidiariamente pidió su prisión nocturna.

Seguidamente la defensa de Solis se opuso a la prisión preventiva solicitada, requiriendo se haga lugar a la petición de la defensa. Los acusadores invocaron la pena en expectativa para justificar el peligro de fuga, sin embargo no traen ningún elemento nuevo para saber de qué manera lo hará. Por el principio de igualdad procesal entre ambos imputados que están en similar situación, a mi asistido le corresponde la detención domiciliaria.

Finalmente la jueza penal resolvió mantener la prisión preventiva de Solis y el arresto domiciliario de Kesen en base a que, al ser presentada la acusación por parte de fiscalía, el proceso penal avanza hacia el juicio oral y público. El proceso debe protegerse y asegurar la permanencia de los imputados en el juicio. Existen elementos de convicción para tenerlos como probables autores de la muerte del ciudadano español Expósito Moreno. Determinando la medida de coerción para ambos hasta la fecha de la audiencia preliminar, el próximo 17 de mayo.

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