Comodoro Rivadavia

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Mantienen la preventiva del imputado N.M.M. por dos meses

Audiencia de revisión por abuso sexual agravado

La mañana del presente jueves se concretó en el juzgado penal la audiencia de revisión de la prisión preventiva en una investigación por abuso sexual intrafamiliar que tiene como imputado a N.M.M.. La representante de fiscalía requirió se mantenga la medida de coerción que pesa sobre el imputado N.M.M. por el término de dos meses, al igual que la asesora de menores; por su parte la defensa no planteó objeción.

Presidió la audiencia Alejandro Soñis, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Macarena Murúa, funcionaria de fiscalía; las menores víctimas también fueron representadas por la Asesora de Menores, Andrea Mac Garva. En tanto que la defensa del imputado fue ejercida por María Cristina Sadino, defensora pública.

La representante de fiscalía se refirió al caso calificando provisoriamente el mismo respecto de la primer víctima como: “abuso sexual simple agravado por ser cometido por un ascendiente y aprovechando la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, al menos cuatro hechos en concurso real y en calidad de autor, y abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por un ascendiente y aprovechando la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, al menos dos hechos en concurso real y en calidad de autor. A su vez, estos hechos concurren en forma ideal con el delito de Promoción de la corrupción de menores agravada por ser cometida por un ascendiente”. Respecto de la segunda víctima como “abuso sexual simple agravado por ser cometido por un ascendiente y aprovechando la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, al menos dos hechos en concurso real y en calidad de autor, y abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por un ascendiente y aprovechando la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, al menos cinco hechos en concurso real” y en calidad de “autor”. A su vez, estos hechos concurren en forma ideal con el delito de “Promoción de la corrupción de menores agravada por ser cometida por un ascendiente”.

En base a los elementos de convicción existentes para tener a N.M.M. como probable autor del hecho investigado, la gravedad del hecho, la pena en espera y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación, la funcionaria solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva del imputado por el término de dos meses.

Por su parte la Asesora de menores adhirió a lo solicitado por la representante de fiscalía y pidió se ordene la prohibición de todo tipo de contacto del imputado en relación a las víctimas. Esto en virtud que la madre de las mismas manifestó que recibía llamados telefónicos anónimos.

Finalmente, el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva que pesa sobre el imputado N.M.M. por el término de dos meses, en base a la gravedad del hecho, los elementos de convicción existentes y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento. También dictó la prohibición de todo tipo de contacto del imputado en relación a las víctimas, de manera preventiva para la tranquilidad de las mismas.

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