Audiencia de revisión por el homicidio de Orlando Jurado
Con el mantenimiento de la prisión preventiva de ambos imputados por el términos de un mes o bien hasta que se realice la audiencia preliminar, así concluyó la audiencia de revisión por el hecho acontecido el pasado 10 de febrero de 2017, que tiene como víctima al empresario de la carne Orlando Jurado. La fiscal anotició a las partes de la presentación de la acusación y solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva de Fleitas y Aguirre por un mes o hasta la audiencia preliminar; al igual que la querella. En tanto que las defensoras solicitaron el arresto domiciliario de sus asistidos.
Presidió el acto Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; la querella fue ejercida por Karina Jurado. La defensa de Fleitas la ejerció Viviana Barillari, defensora pública; en tanto que la de Aguirre la ejecutó Lourdes Dramesino, abogada particular del mismo.
La fiscal mencionó que en la fecha vence el plazo de investigación, que ha sido presentada la correspondiente acusación de la causa y solicitó se mantenga la medida de coerción que vienen cumpliendo ambos imputados por el término de un mes, o bien hasta la audiencia preliminar.
El hecho a investigar acontece el pasado 10 de febrero, siendo las 23.15 hs. aproximadamente, Mauricio Fleitas, Diego Aguirre junto a dos personas más, aun no identificadas, se hacen presentes en el domicilio de la víctima sobre calle Colonos Vascos y Cayelli. Aguirre que conducía un automóvil VW Bora, color gris, se baja y marca la casa de la víctima. Mientras que Fleitas y uno de sus acompañantes, aún no identificado, ingresan a la propiedad por los techos. Estos últimos forcejean con Jurado en la puerta de su domicilio, la víctima recibe un golpe con un hierro y Fleitas efectúa dos disparos, uno de ellos impacta sobre el cuerpo de la víctima quitándole la vida. Uno de los disparos ingresa por los pulmones provocándole su muerte por shock hipovolémico. Inmediatamente huyen a bordo del automóvil Bora, donde los esperaba Aguirre y otra persona que oficiaba de campana. Modificando la calificación legal del suceso a: “homicidio en ocasión de robo”, en calidad de coautor para Fleitas, y de partícipe primario para Aguirre.
Existen elementos de convicción suficientes en el legajo para tenerlos a ambos como partícipes del ilícito, aseguró Banfi, y el móvil fue hacerse del dinero que la víctima había cobrado para ese entonces. Refiriéndose a la gravedad del hecho y la pena en expectativa, en caso de ser declarados responsables, de 17 años de prisión.
La querella también solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva por un mes de ambos imputados, pero disintió en el cambio de calificación legal, que para ella sigue siendo “homicidio criminis causae”.
Por su parte la defensora de Fleitas solicitó su arresto domiciliario ya que al ser presentada la acusación se desvanece el peligro de entorpecimiento y se refirió a la emergencia carcelaria en la ciudad, y a un Instructivo del Defensor General para que se exponga dicha situación ante los jueces. En igual sentido se pronunció la defensora de Aguirre asegurando que no existe el peligro de fuga en su caso, ya que tiene arraigo, y por ello solicitó su arresto domiciliario.
Finalmente el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva de ambos imputados por el término de un mes o hasta la audiencia preliminar, lo que suceda primero, ello en virtud de la existencia del peligro de fuga. No han variado los presupuestos por los cuales se les dictó la medida de coerción, los mismos se ha acrecentado por la presentación de la acusación por parte de la fiscal. Refiriéndose a la expectativa de pena alta y a la naturaleza grave del hecho.
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