Audiencia de incidentes por el homicidio de Maximiliano Cifuentes
La mañana del presente jueves se concretó la audiencia de incidentes en relación al homicidio de Maximiliano Cifuentes, acontecido el pasado 1° de enero, que tiene como imputado a Roberto Alejandro Romero. El fiscal solicitó se mantenga la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado por seis meses o bien hasta la celebración de la audiencia preliminar; al igual que la querella. En tanto que el defensor requirió su libertad con presentaciones y prohibición de acercamiento y contacto con los testigos, y alternativamente su arresto domiciliario.
En un primer momento la defensa planteó un pronunciamiento respecto de una pericia, entendiendo que no puede ser tomada como pericia, sino como un informe. Por su parte el fiscal expresó que la defensa fue notificada y que no hay violación al derecho de defensa, ni al debido proceso. La jueza al haber sido presentada la acusación del caso, resolvió que la cuestión deviene abstracta.
A continuación, el fiscal solicitó se mantenga la prisión preventiva que cumple el imputado ya que persisten los motivos por los cuales le fue dictada, los mismos no han variado. Las medidas de investigación han reafirmado la teoría de la fiscalía. La evidencia es unívoca en este sentido, por esto se ha presentado el pasado 27 de junio, la acusación pública del caso. Allí se expresa que el imputado Romero, el pasado 1° de enero decidió quitarle la vida a Cifuentes. Subsisten los riesgos procesales de fuga por las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento, con una escala penal de 8 a 25 años de prisión. Existe el riesgo que no se someterá al proceso. También existe peligro de entorpecimiento ya que su soltura puede influir sobre testigos. Por todo lo cual solicitó se mantenga la prisión preventiva de Romero por seis meses o hasta la audiencia preliminar, lo que ocurra primero.
La querella por su parte argumentó que la situación procesal sigue siendo la misma, la gravedad de la pena, de 8 a 25 años, hacen no viable cambiar su estado de detención. Existe peligro de fuga por la gravedad del hecho y la posibilidad de recibir una importante condena. También existe peligro de entorpecimiento ya que puede influir sobre los testigos en el juicio, concluyó.
En contraposición la defensa volvió a insistir en que “existió un hecho de violencia sexual previo, y que como consecuencia de ello se produce una pelea donde lamentablemente se produce un hecho no deseado”. Adelantando que “en el juicio por jurados lo van a absolver a su asistido” y que “sobre la base de una premisa falsa se puede llegar a una conclusión equivocada”. Negando que existan peligros de fuga y de entorpecimiento, por lo cual solicitó la libertad de su asistido con dos presentaciones semanales y prohibición de acercamiento y contacto con los testigos; y alternativamente su arresto domiciliario.
Finalmente, la jueza penal resolvió mantener la prisión preventiva del imputado Romero en base a la existencia de los peligros procesales de fuga y de entorpecimiento. Las medidas sustitutivas solicitadas por la defensa no alcanzan a neutralizar estos peligros. El arresto domiciliario ya fue analizado y descartado. Dictando la prisión preventiva de Romero por seis meses.
Presidió la audiencia Lilian Borquez, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cristian Olazabal, fiscal jefe; acompañado por Florencia Do Carmo, procuradora de fiscalía; la querella fue ejercida por Juan Carlos Smith; en tanto que la defensa de Romero fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.
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