Segunda jornada de juicio por jurados en relación al homicidio de Emiliano Ávila
A lo largo de toda la jornada del presente jueves se concretó la segunda jornada de juicio por jurados en relación al homicidio del estudiante universitario Emiliano Ávila que tiene como condenado a Jorge Alberto Barberis. En la fecha se escuchó las declaraciones de los últimos testigos del caso y finalmente los alegatos finales de las partes. El juez técnico dio las instrucciones finales a los miembros del jurado y seguidamente se retiraron a deliberar. Finalmente, el jurado en horas de la noche del jueves llegó a una resolución por unanimidad emitiendo un veredicto de culpabilidad por el delito de “homicidio culposo” para Barberis. El próximo martes 2 de julio, a las 9.00 hs. se llevará a cabo la audiencia de cesura o imposición de pena.
El debate ante un tribunal popular fue presidido por el juez técnico Miguel Caviglia; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Martín Cárcamo y Andrea Rubio, fiscales generales, junto a Facundo Oribones, procurador de fiscalía; en tanto que la defensa de Barberis fue ejercida por Vanesa Vera, defensora pública, asistida por Ivo Di Taranto y Luciana Risso, abogados adjuntos de la Defensa Pública. Asimismo, se encontraban presentes familiares de la víctima acompañados por una profesional del SAVD y familiares del imputado.
Entre los testimonios de la fecha estuvo el de un Oficial Principal, en su momento miembro de la Brigada de Investigaciones local, por videoconferencia quién recordó tomar intervención en al caso en una medida de Allanamiento en el domicilio del imputado sobre calle Alvear al 300, casi Maipú. Otro de los testimonios de la fecha fue el del responsable del área de Criminalística local quien realizara varias medidas de investigación en el caso. También se escuchó al Lic. Marcos Ghiberto, integrante de los ETM, del Ministerio Público Fiscal sobre la mecánica del hecho.
En su alegato de clausura el fiscal consideró que “se acreditó más allá de toda duda razonable que Emiliano Ávila falleció como consecuencia de una herida de arma de fuego que efectuó Barberis desde el techo de su vivienda”. Existieron “17 testigos de cargo que permiten darle consistencia y solidez a la teoría del caso fiscal. Un testigo vecino perteneciente a las Fuerzas federales declaró que escuchó dos disparos en dirección hacia la vía pública. La médica de Urgencia 107 acreditó el fallecimiento de Ávila al llegar al lugar. Se acreditó el dermonitrotest positivo al imputado en sus dos manos, también la materialidad y autoría mediante la prueba rendida, permite suponer que los hechos ocurrieron del modo que los presenta fiscalía. Había buena iluminación en la esquina y Barberis, tomando su arma, subiendo al techo y efectuando dos disparos tenía la intención de matar a alguien, era deliberada la intención de matar, no se puede sostener que a Emiliano Ávila se lo mata por imprudencia”. Barberis es un militar retirado, trabajó 30 años en el Ejército, es decir tiene un conocimiento en el manejo de armas de fuego. Solicitando al tribunal se lo declare culpable a Barberis de “homicidio doloso, agravado por el uso de arma de fuego” y recordando que “comprende la criminalidad de sus actos y es capaz de dirigir sus acciones”. Concluyendo el fiscal que “este no es un hecho de inseguridad”.
Alegato de la defensa:
En su alegato final la defensora expresó que es importante que la sociedad participe de la decisión en estos casos, de la existencia, o no de un hecho y una calificación de la persona traída a proceso. No esta discutido que Barberis efectuó los dos disparos y que hay una persona fallecida. Una acción provocó el resultado. Pero el proyectil no se encontró. No es un caso de inseguridad, pero sí es un hecho de fatalidad y lo que originó esta fatalidad es la inseguridad, eso dio origen a la reacción de Barberis, aseguró la defensora. La forense describió la trayectoria del disparo, de atrás hacia adelante y levemente de abajo hacia arriba; pero no de arriba hacia abajo. Tienen que decidir cuál era la intención de Barberis al hacer el disparo. Asegurando que “hubo negligencia, homicidio culposo, cuando una persona realiza una acción de manera descuidada y causa un resultado no querido”.
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