Comodoro Rivadavia

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Prisión preventiva y domiciliaria a imputados

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Audiencia de control de detención y formalización por robo en poblado y en banda, agravado por el uso de arma blanca. Por el hecho ocurrido el pasado martes 25 de mayo en la zona del centro de nuestra ciudad, se realizó la audiencia de control de detención y formalización de la investigación para Ariel Fernando Castro y Andrea Micaela Méndez como coautores de los delitos previstos en los arts. 167 inc. 2° y 166 inc. 2° del Código Penal, “robo en poblado y en banda agravado por el uso de arma blanca”. Al finalizar la audiencia se estableció la legalidad de la detención y se dispuso la prisión preventiva por quince días de Castro y la prisión domiciliaria de Méndez por el mismo plazo. La audiencia fue presidida por la Dra. Margarita Pfister, Juez Penal de refuerzo, el Ministerio Público Fiscal fue representado por la Dra. Camila Banfi, Funcionaria de Fiscalía, en tanto que la defensa de los imputados estuvo a cargo de la Dra. María de los Ángeles Garro, abogada Adjunta de la Defensa Pública. El hecho aconteció cuando luego de un primer altercado, en el que las víctimas se defienden, los imputados junto a otras tres personas aún no identificadas, interceptan a las damnificadas y una de ellas le efectúa un corte con un elemento punzo cortante a una de las víctimas en una oreja. Luego huyen del lugar. Las damnificadas se comunican con la autoridad policial quienes momentos posteriores al hecho logran identificar y detener a dos de las personas pertenecientes al grupo. La Dra. Banfi solicitó se formalice la investigación contra ambos imputados por el hecho y la calificación jurídica provisoria enunciada; y requirió la prisión preventiva de ambos imputados basada en  la reiteración delictiva ya que ambos tienen causas en trámite con el mismo modus operandi, la gravedad del hecho y sus características. A la vez mencionó la pena que se espera en caso de ser encontrados culpables y las sospechas de entorpecimiento de la investigación. En contraposición a la parte acusadora, la Defensora entendió que no corresponde la prisión preventiva de sus asistidos, ya que no poseen antecedentes penales, sino causas en trámite en etapa de investigación, sin condena aún. Sostuvo que sus defendidos poseen arraigo con domicilio constituido entendiendo que no existía el peligro de fuga solicitando la libertad de ambos y subsidiariamente una medida sustitutiva de presentarse periódicamente ante el Ministerio Público Fiscal. Finalmente la Juez Penal formalizó la apertura de la investigación preparatoria de la causa, dando por anoticiado a los imputados del hecho y la calificación legal oralizada, por asegurada su defensa técnica; y dictó la prisión preventiva de Castro por quince días, en tanto que a Méndez le impuso la prisión domiciliaria por igual cantidad de días, basado en la existencia de causas endientes y en los indicios de que los imputados vuelvan a delinquir.

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