Comodoro Rivadavia

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Revocan arresto domiciliario y dictan la preventiva a Nicolás Méndez

Revisión por el robo agravado a Locutorio Alcorta

El pasado día lunes por solicitud de la fiscal del caso Andrea Rubio se concretó en sede de los tribunales penales ordinarios locales la audiencia de revisión en relación al coimputado Nicolás Méndez. La fiscal solicitó se le revoque el arresto domiciliario a Méndez y se dicte su prisión preventiva, al igual que cumplen los dos restantes consortes de causa Santiago Acosta y Diego Ferrin.  En contraposición el defensor se opuso y solicitó se mantenga su detención domiciliaria. La jueza resolvió revocar el arresto domiciliario de Méndez y dictar su preventiva.

La fiscal Andrea Rubio, solicitó se le revoque el arresto domiciliario a Méndez en virtud que la semana pasada la Cámara en lo Penal confirmó en todos sus términos la sentencia condenatoria de primera instancia en contra de los tres imputados Ferrin, Acosta y Méndez. Para éste último “partícipe necesario” de “robo agravado por el uso de arma de fuego” y condenado a la pena de 6 años y 8 meses de prisión. La circunstancia de que se confirme la sentencia condenatoria debilita el estado de inocencia y acrecienta el peligro de fuga, tornándose tangible el cumplimiento de la pena, hasta tanto la sentencia quede firme Ademas, sostuvo que existe una desigualdad entre Méndez y los demás coimputados quienes están con prisión preventiva, Ferrin y Acosta. No hay motivos para el arresto domiciliario, toda vez que Méndez no se encuentra en ninguna de las situaciones previstas por el art. 10 del Código Penal, que autoriza el arresto domiciliario.

Las medidas de coerción están para asegurar la aplicación de la Ley, continuó la fiscal. Por todo ello solicitó se revoque la medida de morigeración de la prisión preventiva y ordenarse que la misma sea cumplida en una Unidad carcelaria; considerando que se burla la aplicación de la Ley al mantener su arresto domiciliario ya que, en el cómputo de la pena, se le considerará el tiempo de arresto domiciliario, expresó la fiscal.

El defensor Guillermo Iglesias expresó que la detención domiciliaria de Méndez fue ordenada por un juez y que no hubo ningún incumplimiento por parte de Méndez. La fiscal le da al caso la lógica de una sentencia definitiva, continuó el defensor. Pero la sentencia confirmada todavía no está firme. El arresto domiciliario era hasta que la sentencia quede firme. No hay riesgos para que se tome una decisión distinta, aseguró el defensor. En cuanto a que la sentencia no está firme, la prisión preventiva funciona como un adelanto de pena. Concluyendo que no hay razones para modificar el arresto domiciliario de su asistido.

Finalmente, la jueza penal María Laura Martini, recordando que en la sentencia de primera instancia se dispuso el arresto domiciliario de Méndez hasta que se produzca el doble conforme. Entendiendo que es atendible lo manifestado por la fiscal en función del principio de igualdad procesal entre los consortes de causa. Para asegurar el cumplimiento de la pena, en base al peligro de fuga que no se discutió nunca y se encuentra vigente. Con el doble conforme ese peligro de fuga se acrecienta, agregó la jueza. Resolviendo revocar el arresto domiciliario de Méndez y dictó su prisión preventiva por seis meses o hasta que la sentencia quede firme.

Revisión por dos jueces:

Seguidamente el defensor planteó la revisión de dicha decisión ante dos jueces. A continuación, la Oficina Judicial fijó audiencia designando como tribunal revisor a los jueces Mónica García y Jorge Odorisio. El defensor planteó la nulidad del tribunal, ya que según su postura debía ser por Acordada un tribunal de Esquel.

Finalmente, los jueces del tribunal revisor rechazaron el planteo del defensor respecto de la nulidad y confirmaron la decisión de la jueza Martini, es decir confirmaron la revocación del arresto domiciliario de Méndez y dictaron su prisión preventiva.

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