Comodoro Rivadavia

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Solicitan la absolución de los tres imputados

Alegatos de las defensas en juicio por facilitación de la prostitución, cohecho e incumplimiento de los deberes de funcionario público

A lo largo de la mañana del presente miércoles se concretó una nueva jornada de debate por incumplimiento de deberes de funcionario, facilitación de la prostitución y cohecho que tiene como imputados al Comisario retirado Omar Alejandro Pulley, Guillermina Ferreira Almada y Juan Carlos Cuellar Gamboa.  En la fecha las tres defensas requirieron en sus alegatos la absolución de sus pupilos. Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y el próximo viernes 12 del corriente, a las 14.00 hs., dará a conocer su veredicto de responsabilidad penal.

En el inicio la defensora de Cuellar Gamboa, María Cristina Sadino, solicitó su absolución en tanto que hubo diferencias entre la acusación de la apertura y los alegatos de ayer. A su defendido se lo acusa de ser propietario del VIP y de brindar seguridad, pero la explotación económica nunca estuvo descripta. No surge de la hipótesis del binomio, ni de cómo percibía ese 50%. No podemos tener certeza que Cuellar sea el dueño de la vivienda. Cuellar trabajaba en el rubro de la construcción en negro, no explotaba, aseguró la defensora. En cuanto a la facilitación de la prostitución no se puede invertir la carga de la prueba. Argumentando que el tipo penal adolece de una deficiencia en cuanto a la libre autodeterminación del trato sexual, el bien jurídico tutelado es la integridad sexual, no podemos entender que esto es así. En base a la explotación no se configura el tipo, concluyó.

Seguidamente la defensora de Ferreira Almada, Vanesa Vera, se refirió a los delitos que se le imputan: explotación de la prostitución ajena y cohecho activo. En el debate se demostró que la prueba rendida es insuficiente. Respecto de la facilitación de la prostitución y que Ferreira era propietaria del VIP, no hubo pericia fonética sobre la voz que se escucha y había 5 personas de nacionalidad paraguaya en el lugar. También las chicas realizaban su oferta sexual en la calle y por publicidad ante lo cual solicitó su absolución. En cuanto a la explotación que percibía el 50% de los pases sexuales, la Lic. Gasparini es un testigo de referencia, es decir que su testimonio debe ser verificado con prueba objetiva, y ninguna de las 5 mujeres prestaron testimonio en el juicio, por lo cual también corresponde la absolución, aseguró la defensora. No se acreditó la relación desigual de poder ya que Guillermina igual ejercía la prostitución. En el cohecho activo no se pudo acreditar la entrega del arma reliquia, ni que en los envíos por Vía Cargo fuera dinero.

Por último, el defensor de Pulley, Alejandro Fuentes, también solicitó su absolución. “El fiscal dice que Pulley recibía de Ferreira Almada dádivas, un arma reliquia y sumas de dinero para dejar de realizar controles; y que del allanamiento se secuestran remitos entre Ferreira y Pulley. Sin embargo, en los teléfonos no hay ningún mensaje que Ferreira o Cuellar ofrecieran dinero a Pulley”. Tampoco el arma reliquia fue acreditada, “suponían que era de Pulley”. Al testimonio de Guajardo lo calificó como “resentido, ya que él mismo dijo que se sintió discriminado porque no encajaba en el círculo de confianza de Pulley”. El defensor agregó que “no se pudo demostrar que en estos envíos de Ferreira a Pulley iba dinero”. Preguntándose “de qué manera Pulley podía realizar o no el control, si desde enero de 2015 ya no estaba en Comodoro. No se le puede atribuir el delito de incumplimiento ya que no violó ninguna Ley”. Concluyendo que “la duda beneficia al imputado, por no haberse probado no el cohecho, ni el incumplimiento de deberes”.

El tribunal de debate está compuesto por los jueces penales Mónica García, María Laura Martini y Jorge Odorisio; el Ministerio Público Fiscal está representado por Martín Cárcamo, fiscal general; en tanto que María Cristina Sadino asistió a Cuellar Gamboa; Daniel Fuentes como defensor de Pulley y Vanesa Vera actuó como defensora de Ferreira Almada.

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