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Acusación por estafa procesal en Esquel por Ganadera Santa Elena de Gobernador Costa

La fiscalía de Esquel, representada por la Fiscal General María Bottini y el funcionario de fiscalía Martin Robertson, presentó en el día de ayer la acusación pública en el caso por el delito de estafa procesal contra el presidente del Colegio de Abogados local, José María Venancio, en carácter de autor, y contra el empresario, Silvano Simeoni, en carácter de partícipe necesario. En relación a la Jueza Civil, Alicia Arbilla, la fiscalía solicitó el sobreseimiento por entender que no existen elementos suficientes para que el caso sea elevado a juicio.

En los próximos días desde la Oficina Judicial se correrá el traslado a las defensas de los imputados en cabeza de los Dres. Rebagliati Russel (Venancio) y Marcelo Macayo (Simeoni) y a la parte querellante, representada por los Dres. Guillermo Vila y Carlos Alberto Beraldi. Por su parte la Dra. Alicia Arbilla es defendida por el Dr. Alfredo Pérez Galimberti.

Una vez concluido el plazo legal se fijará audiencia preliminar oportunidad en la que  se definirá si el caso pasa a juicio oral.

El ilícito incluido en la acusación pública acontece el pasado 16 de mayo de 2016 momentos en que se produce una demanda laboral que tiene a Venancio como abogado apoderado, en contra de Establecimiento Santa Elena S.A.. Así el 9 de marzo de 2018 la titular del Juzgado Civil y Laboral de Esquel, Dra. Arbilla, que falla contra el establecimiento Santa Elena en favor de la parte demandada por un valor de $14.000. Luego traba embargo sobre los bienes de la Ganadera y embarga un grupo electrógeno que en remate Judicial adquiere el imputado empresario Simeoni a un precio vil, mucho menor que el de mercado. Destacando que existían en el lugar otros bienes a embargar, acordes a la deuda. Se evidencia la existencia de connivencia entre Venancio y Simeoni para engañar a la Jueza a quien no le informaron de la existencia de otros bienes de menor valor para embargar y con posterioridad a ello obtener un beneficio patrimonial indebido en detrimento de los denunciantes. Calificando provisoriamente el hecho como “estafa procesal” en calidad de autor para Venancio y de “partícipe necesario” para Simeoni.

La pasada audiencia de apertura del caso el 24 de febrero de 2021 fue presidida por Ricardo Rolón, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Bottini, fiscal general; en tanto que la defensa de Arbilla la efectuó Valeria Ponce; la de Venancio: Daniel Rebagliati Russell y la de Simeoni fue ejercida por Marcelo Macayo.

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