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Robo en vivienda de Villa Ayelén: Prisión preventiva de 45 días

El 8 de junio tuvo lugar el robo a una vivienda del Barrio Villa Ayelén, cuyos propietarios estaban de viaje. Los autores se llevaron elementos de valor, violentaron la alarma y manipularon las cámaras de seguridad. El aporte de un testigo al que le quisieron vender las joyas permitió establecer la identidad de una persona, allanar su domicilio, obtener algunos elementos que lo vinculan al hecho, detenerlo y llevarlo a audiencia. Este jueves se formalizó la investigación y el juez Jorge Criado dispuso su prisión preventiva por 45 días a pedido de la fiscal María Bottini. Por pedido del defensor Horacio Hernández, se realizó una audiencia de revisión en horas de la tarde. Ricardo Rolón y Martín O’Connor confirmaron la medida.

El 8 de junio entre las 17:50 horas y 18:44 hs. dos personas, una de ellas sería el imputado, ejercieron fuerza sobre la puerta de acceso principal de la vivienda y, aprovechando la ausencia de sus moradores, ingresaron y sustrajeron tres relojes pulsera todos marca BULOVA, un reloj pulsera marca FOSSIL con pulsera de cuero color natural, un reloj pulsera fondo azul con malla símil goma también de color azul, el cual sobre el fondo posee inscripto una propaganda médica, una cámara fotográfica digital, entre otras cosas.

Las joyas fueron ofrecidas en venta a una persona que conoce a las víctimas y las reconoció. Avisó a la policía y los investigadores pudieron identificar a esa persona a través de las cámaras de seguridad del lugar. Al realizar el allanamiento en la vivienda se encontraron algunos elementos robados, las prendas de vestir que había utilizado cuando llevó las joyas y una gomera compatible con la que pendía del cuello de uno de los autores del robo.

La discusión por la prisión preventiva

Bottini argumentó que el hecho requiere planificación. No fue oportunista. La vivienda no está en un lugar de paso y los autores sabían que estaba sola. Destacó la manipulación en los sistemas de seguridad, los antecedentes del imputado y su mala conducta en otro proceso en el que fue declarado en rebeldía, como indicio de fuga.

Añadió la magistrada que el ocultamiento de objetos robados da cuenta del entorpecimiento probatorio. Se refirió al riesgo de amedrentamiento a las víctimas y a que aun uno de los autores no fue identificado.

A su turno, el defensor particular Horacio Hernández dijo que su defendido es un trabajador de la construcción que nada tiene que ver con el hecho. Sostuvo que los indicios con los que cuenta la Fiscalía son insuficientes para sostener el pedido de una medida tan gravosa y extendida en el tiempo. Destacó que se trata de un robo simple y no justifica el dictado de una medida de coerción que es sumamente perjudicial y gravosa. Alcanzaría con una prohibición de acercamiento.

El juez Jorge Criado, encontró elementos suficientes para considerar que el imputado es probablemente autor del hecho y que se evidencian los riesgos procesales que permiten dictar la medida por el plazo requerido por la Fiscalía, al que consideró razonable y proporcional.

Los jueces de la revisión escucharon los planteos del defensor tachando a la resolución judicial de infundada, irracional y no proporcional. Hernández dijo que no se encontraron elementos de valor sino bijouterie. Cuestionó que se consideraran elementos incriminantes los tenidos en cuenta por el juez.

El Tribunal revisor confirmó en todos sus términos al resolución de Criado por encontrar debidamente fundada la probabilidad de autoría y constatados ambos peligros procesales.

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