Pablo Daniel Hueque cometió reiterados hechos de violencia contra su ex pareja. Además de tramitarse varias situaciones en el Juzgado de Familia, algunas constituyeron delito y recayeron en la justicia penal. Lesiones leves, amenazas y desobediencia son los delitos por los que fue condenado a la pena de dos años de prisión en suspenso. Si incumple las normas de conducta perdería el beneficio y debería cumplir la pena en un alojamiento carcelario.
En la audiencia de juicio abreviado se dictó el sobreseimiento por tres hechos respecto de los que no se había obtenido prueba. Otros cinco hechos fueron los que motivaron la primera condena en el historial de Hueque. Será esta su última oportunidad para “comprender” que las conductas que lo llevaron a los Tribunales son constitutivas de violencia de género y que ese tipo de acciones, además de ser socialmente repudiables, son pasibles de una sanción penal.
Cuando lo “invisible” se ve
Fue necesario que el juez Martín O’ Connor le llame la atención al imputado, indicándole que su actitud dista del buen trato hacia la víctima al que obliga esta condena. Hueque se mostraba altanero, desafiante, en actitud intimidatoria hacia su ex pareja. Cuando sentía que nadie lo observaba aprovechaba para hostigarla con su postura y su mirada. Cuando lo miraba el juez, Hueque cambiaba bajando la mirada. Hubo un antes y un después en la sala a partir del llamado de atención al imputado. La actitud de este último cambió claramente al verse “descubierto”. Tal vez esto que de modo tan transparente se mostró a los ojos del público presente es la esencia de la violencia de género. El maltratador busca en todo momento demostrar su superioridad respecto de la víctima. Busca hacerlo sin testigos para no tener consecuencias, pero a la vez procura que la víctima sienta que es invisible, que puede actuar con poder frente a testigos y nadie va a meterse, nadie hará nada para impedirlo. La propia víctima se acostumbra a tal punto a la situación que, aun frente a un juez, procura ocultar su rostro para no sentir el acoso, pero no logra poner en palabras lo que en ese momento está viviendo. No le está golpeando el cuerpo, está pisoteando su psiquis.
Hueque constituyó domicilio y no podrá cambiarlo sin previa autorización judicial, deberá evitar encontrarse con la víctima y si debe hacerlo para ver a sus hijos deberá enmarcarse en un trato respetuoso, sin ningún tipo de provocaciones. El condenado tendrá que concurrir a la Oficina de Ejecución Penal una vez por mes, tiene prohibido consumir estupefacientes o abusar del consumo de bebidas alcohólicas y continuar con el tratamiento psicológico que deberá acreditar cada tres meses.