Procuración General

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Tenencia ilegal de armas de fuego

El Ministerio Público Fiscal tiene un objetivo claro llevar a juicio a quienes son detenidos portando armas de manera ilegal. Se evitará aplicar medidas alternativas judiciales. 

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El procurador general del Chubut Jorge Miquelarena reiteró las instrucciones a todos los fiscales del Chubut para que endurezcan sus posiciones respecto de los individuos detenidos portando armas de manera ilegal. La medida tiene como objetivo el de llevar a juicio a quienes sean detenidos portando ilegalmente armas de fuego evitando así la aplicación de medidas alternativas judiciales que favorezcan sus situaciones.

La medida será aplicable cuando se den las condiciones para aplicar el artículo 189 bis del Código Penal y para los casos cuya pena en abstracto superen los tres años de prisión. Según indica la resolución “la aplicación de soluciones alternativas se relaciona con la idea de evitar castigos innecesarios en los casos de baja lesividad, no siendo eficaz para el tratamiento de la difícil, grave y extendida problemática de la delincuencia armada”.

La decisión del procurador tiene su fundamento en varios aspectos, según reza la resolución que fue comunicada a todos los fiscales y funcionarios de fiscalía del Chubut, al jefe de la policía provincial, y por intermedio de éste a todos los integrantes de esa fuerza.

Entre los argumentos más salientes se destaca que “la tenencia y portación ilegal de armas de fuego” es una conducta previa “a la comisión de delitos aún más graves como los homicidios, abuso de armas, robo con armas, etcétera dado el alto poder vulnerante e intimidatorio de las mismas”.

Agrega además que en los últimos años “la importante proliferación de armas de fuego ilegales ha incrementado sensiblemente los delitos producidos con extrema violencia afectando los bienes jurídicos más importantes poniendo en vilo la seguridad pública y la paz social”.

Coherencia

La decisión del procurador general en función de su responsabilidad de dictar políticas criminales, indica que  “es necesario que con unidad de actuación de todas las circunscripciones judiciales, se transmita la decisión institucional  de que las tenencias agravadas y portación ilegal de armas de fuego, serán perseguidas y penadas” y que por ello adopten “como principio único de actuación , procurar la sanción de los responsables oponiéndose al otorgamiento de la suspensión del juicio a prueba u otras salidas alternativas a la pena”.

Producido por el Area de CI de la Procuración General. 2804  410243

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