Se trata de Sandro Álvarez, sobre quien se identificó el rastro palmar en el auto donde se cometió el crimen del joven Fabián Bregonzi.
La audiencia de “apertura de investigación y control de detención” se realizó la mañana del jueves en los tribunales locales y el juez Gustavo Castro dictó la prisión preventiva de Sandro Álvarez, imputado como coautor del homicidio de Fabián Bregonzi, ocurrido en el año 2003.
El crimen ocurrió la medianoche del 15 de diciembre en la zona costera de Playa Paraná, cuando Fabián Bregonzi, que se encontraba en compañía de su novia a bordo de su vehículo, fue abordado por al menos cuatro sujetos, encapuchados y con armas, que comenzaron a romper los vidrio del automóvil mediante golpes mientras otros disparaban con armas de fuego, provocando la muerte de Bregonzi en el lugar. A su novia, única testigo del hecho, la maniataron con precintos y le robaron la cartera.
Tras la reapertura de la causa, la fiscalía logró identificar una huella digital de la palma izquierda en el auto donde se cometió el crimen por medio del software tecnológico AFIS (sistema de identificación automática de huellas digitales, por sus siglas) y dispuso la detención de Sandro Álvarez
Durante la audiencia donde se da inicio al proceso penal, el fiscal Daniel Báez solicitó el plazo legal de investigación y pidió la continuidad de la prisión preventiva por el término de 3 meses mientras prosigue la causa, como una medida necesaria para cautelar el proceso y evitar que el imputado se pueda fugar o tratar de influir en testigos. Asimismo, indicó que la calificación legal provisoria del caso es “homicidio en ocasión de robo”, en carácter de coautor para Álvarez, que prevé una pena en expectativa de 10 a 25 años de prisión.
Para fundar la prisión preventiva, Báez indicó que “este es un caso excepcional, donde se ha actuado en forma cobarde, resultando muerto un joven que lo único que intentó fue irse del lugar”. Además, expuso que Álvarez, además de tener condenas, fue declarado rebelde en una causa anterior, lo cual consta como parámetro objetivo y concreto que el ánimo del imputado no es someterse al proceso penal.
Aidú Iriarte, abogada de la Asociación Víctimas de la Delincuencia, se constituyó como querellante de la familia Bregonzi y adhirió en todos los términos a lo expresado desde la fiscalía.
La defensa del imputado estuvo a cargo de Custodio Gómez, quien solicitó la libertad de su patrocinado. “No se puede privar de la libertad a una persona hasta que posea una sentencia condenatoria firme” indicó el abogado defensor. Además sugirió que no puede haber peligro de entorpecimiento o de fuga por un hecho cometido hace 8 años.
Sandro Álvarez declaró dos veces durante la audiencia. “Si hubo una testigo, pido un reconocimiento de voz y un reconocimiento físico”. Posteriormente y tras la alocución de su defensor, afirmó que no se niega a ser procesado, aunque se declara inocente y quiere que se llegue a la verdad. “Es imposible que una persona que ve a cuatro individuos no identifique a una persona discapacitada en una pierna. Me acusan y no tengo nada que ver. Tengo una familia y viví 10 años tranquilo.”, señaló el imputado.
Los padres de Fabián y miembros de la Asociación Víctimas de la Delincuencia se encontraron presentes durante la audiencia.
Pasadas las 11 horas, el juez penal de garantías Gustavo Castro dispuso la apertura de la investigación y dictó, tal cual lo solicitado por la fiscalía y la querella, la prisión preventiva de Álvarez por el plazo de tres meses mientras prosigue la causa penal.
“El rastro dactilar y palmar se encuentra presente en el vehículo y eso lo ubicaría en el lugar y en el momento cuando se cometió el crimen. Esto no significa que es culpable, sino que siendo inocente, estamos hablando de probabilidad de autoría y es lo que se va a investigar, con su participación a través de sus defensores”, explicó el magistrado al imputado. Finalmente, por entender que se daban los peligros procesales expuestos por la fiscalía, dictó los tres meses de prisión preventiva.