Puerto Madryn

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CASO ESTELLER: LA FISCALÍA IMPUGNÓ LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL

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El Ministerio Público Fiscal impugnó la sentencia de la Cámara Penal que cambió la calificación legal del hecho a “homicidio culposo”.

Recordando el caso, Mario Esteller había sido condenado por “homicidio con dolo eventual” a 9 años de prisión debido a la muerte de las hermanas Mónica y Verónica Sosa, pero semanas atrás, el Tribunal de la Cámara Penal integrado por los jueces Florencio Minatta, Mónica Rodríguez y Martín Montenovo cambió la calificación legal del hecho y declaró a Esteller autor material y responsable de un “homicidio culposo”, cuya pena es de entre 2 y 5 años. La Fiscalía y la Querella, representada por el Dr. Villada, impugnaron dicha medida y el caso pasará a la Sala Penal de Rawson para ser tratado.

 

LA DIFERENCIA ENTRE LAS CALIFICACIONES LEGALES

El actual cambio de calificación legal beneficia a Esteller, ya que el "homicidio culposo" tiene una pena de dos a cinco años y  “consiste en causar la muerte obrando con culpa, o sea, sin intención o dolo pero con negligencia o imprudencia”. En cambio, el "homicidio simple", por el cual la Fiscalía y la Querella pidieron 14 y 20 años respectivamente y derivó en una condena  de 9 años, tiene una pena de prisión de 8 a 25 años.

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