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Caso Trigo: Condenaron a Diego Currumil por "homicidio simple"

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Por el crimen de Nelson Trigo ocurrido en 2010

El Tribunal integrado por los jueces Horacio Yangüela, Marcelo Orlando y Alejandro Defranco condenó a Diego Currumil por "agresión con arma en concurso con homicidio simple". El miercoles 19 se pedirán penas, que serán entre 8 y 25 años.

Durante los alegatos en el juicio oral por el crimen de Nelson Trigo, realizados la mañana del miercoles, la fiscalía habia solicitado una calificación que prevé prisión perpetua. En cambio, sus defensores pidieron la absolución o que se lo condene por homicidio simple.

Durante su extensa exposición, la fiscal Marcela Pérez había solicitó a los jueces la calificación de homicidio criminis causae (articulo 80 del Código Penal), previsto con la pena de prisión perpetua. En el mismo sentido, la querella de la familia Trigo, representada por el abogado Roberto Díaz, adhirió en todos sus términos a lo expresado durante más de una hora por la fiscal.

"Señores  Jueces, este Ministerio Público Fiscal solicita se dicte el veredicto de culpabilidad respecto de Diego Currumil en orden a los delitos de Homicidio Criminis Causae" indicó la fiscal Pérez durante sus alegatos. También aclaró que no se advertía ninguna causal de justificación como es la legítima defensa, ya que el médico forense indicó que la víctima no presentaba signos de lucha, y a su vez, el médico policial declaró que ni el imputado ni su hermano se encontraban lesionados al momento de ser detenidos.

Tras un cuarto intermedio, el defensor público Carlos Bellorini solicitó la absolución de Diego Currumil, quien no declaró en el juicio. Bellorini sostuvo que Currumil actuó en defensa propia y de su hermano, por lo tanto no es objeto de pena y debe ser absuelto. Pero subsidiariamente, el defensor también solicitó a los jueces que en caso de condenarlo sea por "agresión con arma en concurso real con homicidio simple".

Finalmente, Angélica, viuda de Nelson Trigo, habló ante los jueces les pidió que hagan justicia condenado a quien mató a un "hombre honesto, trabajador y bueno".

Luego de un cuarto intermedio hasta las 16 horas, los jueces Marcelo Orlando, Horacio Yangüela y Alejandro Defranco, integrantes del Tribunal, dieron a conocer su veredicto condenando a Diego Currumil como autor del delito de "agresión con arma en concurso con homicidio simple".  Los jueces descartaron los agravantes del homicidio por considerar que no se daba la conexión entre el acto de matar y un delito precedente, en este caso, el apoderamiento de la campera. El homicidio fue "una conducta independiente donde se vieron involucrados todos los protagonistas" indicaron, descartando la conexión entre el homicidio y el otro delito. El próximo miércoles las partes solicitarán las penas, con un mínimo de 8 años y un máximo de 25 años y 6 meses.

El hecho

La noche de 14 de Febrero de 2010, durante una fiesta de cumpleaños de quince que se desarrollaba en el Gimnasio del Sindicato Unidos Portuarios Argentinos (SUPA), Diego Currumil sustrajo dos camperas propiedad de Nelson Trigo y de una joven. Al ser descubierto y ante el reclamo de los elementos sustraídos, se produjo una pelea en la cual Diego Currumil saco un cuchillo y le tiró varios "puntazos" a uno de los invitados, quien pudo esquivarlos. En ese momento se acercó Trigo en defensa de su amigo, recibiendo por parte de Currumil una herida de arma blanca en la región pectoral izquierda que le ocasionó una muerte de rápida instalación. Luego de esto, Currumil se dió a la fuga arrojando las prendas sustraídas en unos arbustos lindantes al predio, pero fue detenido horas más tarde; indicó la fiscal en sus alegatos. En cambio, el defensor sustuvo que Currumil se defendió cuando era atacado por los invitados.

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